En fallo dividido ayer los jueces del Tribunal Oral en lo Penal de Punta Arenas, decidieron absolver de las imputaciones al senador por Magallanes Carlos Bianchi Chelech.
De acuerdo con el veredicto entregado por los jueces Luis Álvarez Valdés, Jaime Álvarez Astete y Jovita Soto Maldonado, reunidos después del debate de rigor, decidieron ayer entregar un veredicto absolutorio de los delitos de negociación incompatible y fraude al Fisco reiterados por los que fue acusado el parlamentario. “La narración de los hechos contenida en las acusaciones del Ministerio Público, Consejo de Defensa del Estado y querellante particular, no son suficientes para satisfacer los tipos penales. Se estableció, más allá de toda duda razonable, que el inmueble sublite siempre fue destinado a sede parlamentaria por el senador Carlos Bianchi. Que los montos utilizados para el pago de los arriendos, nunca excedieron el monto total de la asignación parlamentaria respectiva”.
Acordado con el voto en contra del magistrado Jaime Álvarez Astete, quien estuvo por condenar al acusado Carlos Bianchi Chelech en calidad de autor de un delito de fraude al Fisco, desestimándose la reiteración. Lo anterior, en concurso aparente de ley penal con también, un delito de negociación incompatible.
El voto de minoría del magistrado Jaime Álvarez se argumentó señalando que “se acreditó efectivamente la calidad de funcionario público del señor Carlos Bianchi Chelech, al menos, entre marzo del año 2006 y marzo del año 2014. Que en el mes de marzo del año 2006, el señor Carlos Bianchi Chelech celebró un contrato de arrendamiento de la propiedad ubicada en calle Ignacio Carrera Pinto numerada como 822, 824-A u 824-B, indistintamente, de la ciudad de Punta Arenas, para ser destinada a oficina o sede parlamentaria, la cual pertenecía a esa fecha a la comunidad hereditaria de don José Retamales Valdebenito, integrada pos su cónyuge sobreviviente doña Fresia Espinoza Alarcón, además de sus tres hijos, Blanca, Victoria y José, todos ellos Retamales Espinoza. Que estas cuatro personas que conformaban la comunidad hereditaria propietaria del inmueble arrendado como sede parlamentaria, resultaron ser respectivamente, la suegra y cuñados del señor Carlos Bianchi Chelech, esto es, parientes por afinidad del mismo. Que en el mes de marzo del año 2006, se pactó entre el entonces senador Carlos Bianchi Chelech y un representante de esa comunidad hereditaria, un canon de arrendamiento mensual de $ 850.000, a partir del mes de abril de ese mismo año, reajustable anualmente de conformidad a la variación del IPC, por una porción de la mencionada propiedad, la cual se subdividía habitualmente por dicha comunidad hereditaria para efectos de generar renta en, al menos, 3 propiedades, y que la superficie arrendada para sede parlamentaria alcanzaba aproximadamente a los 39 metros cuadrados. Se demostró en juicio que, la renta pagada por una parte de dicho inmueble, entre los meses de abril del año 2006 y noviembre del año 2010, excedía con creces el valor de mercado para dicha porción de la propiedad en cuestión, cuya calidad de construcción no pasaba de ser regular, alcanzando incluso entre 6 a 7 veces su valor comercial, esto es, entre un 600 y 700 % de sobreprecio. Que todos los dineros así pagados para el arrendamiento de dicha oficina o sede parlamentaria, provenían del presupuesto del Senado, por ende, eran fondos públicos asignados a una finalidad también pública”.
Este argumento y voto en contra es fundamental para la parte persecutora a la hora de estudiar el fallo para un eventual recurso de nulidad, así lo señaló el fiscal Juan Agustín Meléndez: “Es un veredicto de mayoría que fue absolutorio, la verdad de las cosas que nos queda analizar el fallo y ver las consideraciones reales de los dos votos de mayoría, ya que sólo se escuchó el voto de minoría más detallado. por lo que debemos ver cuáles son los pasos a seguir”.
Meléndez señaló además que poder recurrir de nulidad a la Corte de Apelaciones será una decisión que determinarán una vez estudiado el veredicto. “Hay que tener muy claro que el recurso de nulidad es un recurso de derecho estricto, por lo tanto si no existe una causal de nulidad no se puede deducir y eso solamente se deduce cuando uno conoce el fallo y al no conocerlo sería irresponsable pronunciarme a ello. Por cierto que nosotros esperábamos otro fallo y por eso llegamos a juicio y nos llama la atención, sobretodo ver el voto de minoría del juez Jaime Álvarez que da por acreditada la tesis de nuestra”.
Por su parte, el abogado querellante Francisco Cárdenas, señaló que “no estamos de acuerdo con el veredicto y esperaremos el fallo. Tenemos a favor el voto en contra da por establecido que hay un fraude al Fisco, por lo que esto no está terminado y existen diez días para entablar un recurso de nulidad, porque nuestra convicción es que si hay delito tal como lo dijo uno de los jueces”.
El abogado defensor del senador Bianchi, Miguel Soto Piñeiro tras el veredicto indicó que “a nuestro entender que el voto de mayoría se ajusta al mérito de lo probado en juicio y a las normas jurídicas probadas. Ninguno de los persecutores no lograron probar sus imputaciones, además en el ámbito jurídico sus imputaciones no tenían respaldo en la normativa aplicable”.
El parlamentario a la salida del veredicto entre lágrimas se mostró agradecido y señalando que los políticos se hicieron a un lado, emprendiéndolas además contra la Fiscalía.
Los jueces del Tribunal además entregaron un veredicto absolutorio por unanimidad a los hermanos Victoria y José Retamales Espinoza por los delitos de fraude al Fisco reiterados.
La sentencia se dará a conocer el próximo viernes 18 de diciembre al mediodía, fecha en la que comenzarán a regir los diez días que tiene la parte acusadora para presentar algún recurso de nulidad ante el tribunal de Alzada.