Hombre es llevado a juicio oral por no prestar ayuda tras ocasionar accidente vehicular

Ayer en el Tribunal Oral en lo Penal de Punta Arenas, comenzó un juicio oral contra Bernardo Alfonso Vásquez Acevedo, quien es acusado de ser autor en grado de consumado de cuasidelito de lesiones graves y el ilícito de no prestar ayuda posible ni dar cuenta a la autoridad de accidente en que se producen lesiones.

Siendo el primer día del juicio se procedió a la lectura de la acusación, la cual precisa que “con fecha 10 de noviembre de 2020, aproximadamente a las 18.00 horas, el imputado Bernardo Alfonso Vásquez Acevedo, conducía el automóvil Chevrolet Sail por Avenida Eduardo Frei de Punta Arenas, en dirección norte, cuando al llegar a la intersección con calle Juan Ladrilleros dobla imprudentemente a la izquierda, teniendo la vista obstruida por un tractor estacionado, ingresando al cruce no regulado, sin respetar el derecho preferente de paso a la motocicleta Yamaha, conducida por la víctima Miguel Alonso Barrientos González, quien se desplazaba por la misma Avenida Frei, pero en dirección Sur, quien intenta frenar, pero inevitablemente colisiona en el tercio posterior lateral derecho del automóvil”.

El documento luego explica que el acusado se detiene a revisar los daños, momento que la víctima aprovecha para recriminarle el no haber respetado su derecho preferente de paso. Pese a que el imputado dice que se “arreglen a la buena”, finalmente no le presta auxilio al afectado y abandona el sitio del suceso sin cumplir con su obligación de dar cuenta a la autoridad del accidente donde una persona resultó herida.

La víctima es examinada en el Hospital Clínico de Magallanes, donde se le diagnostica “fractura de radio de brazo y muñeca izquierdo, angulada y desplazada, de carácter grave, según el médico que lo atendió”, precisa el escrito, agregando que “los daños sufridos por la motocicleta Yamaha fueron avaluados en la suma aproximada de dos millones de pesos”.

El Ministerio Público solicita que se emita veredicto condenatorio y se dicte contra el acusado la pena de 540 días de reclusión menor en su grado mínimo, junto con la suspensión de la licencia de conducir, permiso o autorización que lo habilita para manejar vehículos motorizados por un año, por el delito de cuasidelito de lesiones graves.

Respecto del ilícito de no prestar ayuda posible ni dar cuenta a la autoridad de accidente en que se producen lesiones, piden la pena de tres años de presidio menor en su grado medio, inhabilidad perpetua para conducir vehículos de tracción mecánica y una multa de 10 UTM.

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