Tribunal encontró inocente a acusado por abuso sexual contra niña de 9 años

La propia menor aseguró, en su
establecimiento educacional, ser víctima del denunciado.

En un día de juicio, el Tribunal
Oral en lo Penal de Punta Arenas declaró inocente del delito de abuso sexual a
un hombre que había sido denunciado por una niña de 9 años.

De acuerdo a los hechos de la
acusación presentada por la Fiscalía, dados a conocer ayer en el juicio, a
fines del año 2009, en circunstancias que en fecha indeterminada y posterior al
17 de agosto de ese año, en horas de la tarde, al interior de su domicilio de
Puerto Natales M.A.R.Q. habría realizado actos de significación sexual en
contra de la niña de ese entonces 9 años, además de hacer movimientos de
simulación de un acto sexual con la menor víctima.

Tras estos hechos, la propia
víctima, hija de un matrimonio amigo del acusado que iba a su casa a jugar con
otro menor de su edad, decidió contarle lo sucedido a una profesora en su
establecimiento educacional, desde donde inmediatamente denunciaron el hecho.

A pesar del testimonio de la
víctima en el juicio, el tribunal decidió por unanimidad absolver al acusado
del delito de abuso sexual y por el que pedían 5 años de cárcel, tal como lo
señaló el fiscal de Puerto Natales, Daniel Soto: “El fallo es claro en una
parte, donde refiere que es difícil precisar la época y en este tipo de hechos
es complejo, ya que son hechos que ocurrieron cuando la víctima era muy
pequeña. Ella entregó lo que recuerda, y nuestra idea es no presionar y tampoco
someter a recuerdos que a la víctima le afectan. Nosotros queremos que el
tribunal conozca desde la víctima los hechos que están sometidos a juicio, no
podemos decir a la niña que invente una fecha de cuándo le ocurrió lo
denunciado”.

Por su parte, el abogado
defensor Jaime Urdangarín, señaló que “estas situaciones son dichos de la
víctima contra el acusado, no hay más pruebas de ello. En este punto el
tribunal encontró que los dichos de la menor no alcanzaron a destruir la
presunción de inocencia que ampara mi representado. Siempre mi representado
dijo que no había cometido estos actos y con la prueba de la defensa se dio la
duda que los hechos no habrían ocurrido”.

Al comienzo del juicio, el
acusado defendió su inocencia. “De lo que se me acusa, es completamente
erróneo. La familia de la niña somos amigos de muchos años. Ellos siempre han
llegado a nuestra casa con sus hijos, nunca llegaron cuando yo estaba solo, ya
que trabajaba todo el día. No tiene sentido verme envuelto esto de la noche de
la mañana, no sé cual es su intención con esto que estoy pasando”.

De acuerdo a lo señalado por el
tribunal, “para arribar a la decisión, analizada en conjunto, se configuran
indicios que eventualmente pudieron haber hecho plausible el ejercicio de la
acción penal en contra del acusado, lo cierto es que la falta de una
determinación mínima en relación de la fecha, época, ocasión o lapso de tiempo
en que los eventos motivo del juicio tuvieron lugar, provoca como consecuencia
una afectación grave a las garantías del imputado, quien tiene derecho a ser
informado de manera específica y clara acerca de los hechos que se le imputan,
en cuanto asegura a todas las personas la dictación de sentencias fundadas en
la tramitación previa de un debido proceso, todo lo cual impide dictar a su
respecto una sentencia condenatoria”.

La audiencia de lectura del
fallo, se llevará a cabo el viernes 20 de marzo de 2015, a las 15.30 horas.

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