Menos
de tres meses lleva la Convención Constitucional y no ha estado ajena
de polémicas por la tardanza, por ejemplo, de la elaboración del
reglamento de la institucionalidad. Quedan seis meses para su
funcionamiento y es muy probable que deban aplazar por otros tres meses.
Sin
embargo, la Convención Constitucional pareciera que estuviera lejos de
dejar las polémicas atrás, debido a que durante la semana, un grupo de
abogados de Santiago, del Maule y de Punta Arenas, presentaron un
recurso de protección en contra de la Convención Constitucional.
Lo
anterior, debido a que los profesionales señalan que la Convención
habría vulnerado algunos de los derechos por los cuales fueron
mandatados.
Pingüino Multimedia conversó con el abogado recurrente Mario Esquivel, de Magallanes, quien participó en dicho recurso.
Al
ser consultado Esquivel, acerca de cómo llega a formar parte de este
recurso, señaló que “a mí me contactó una oficina de colegas de Santiago
y del Maule que ven temas de derecho constitucional y ellos planteaban
la posibilidad de poder recurrir en contra de la Convención
Constituyente, debido a los actos ilegales y arbitrarios, relacionados
con el haber calificado las normas del reglamento de votación con un
quórum menor al que estaba establecido en el Artículo 133 de la
Constitución política, así que estuvimos trabajando y analizando el tema”.
Tras
haber estudiado la situación, el abogado magallánico dijo que “desde mi
parte estimo que acá lo que se infringió es el derecho de propiedad que
uno tiene respecto de la soberanía que uno le delega a la Convención.
No olvidemos que la convención tiene un mandato y en ese sentido mandato
que tiene la Convención, nace básicamente de la Ley 21.200 que reforma
la Constitución política y en estricto rigor el mandato que tiene la
Convención Constituyente es una delegación de soberanía de cada uno de
los ciudadanos de Chile”.
Al
explicar la situación, Esquivel menciona que “cada uno de los
ciudadanos de Chile tiene una porción de soberanía que le entrega a la
convención constituyente para la gestión de un mandato especifico, y en
este caso es la redacción de una nueva Constitución y los mandatos
tienen siempre requisitos y tienen condiciones, el mandatario no puede
hacer lo que quiera, respecto de lo que pretende el mandante en la
gestión. Aquí ocurre que todos los ciudadanos tenemos un derecho de
propiedad del mandato que tiene la Convención y en este caso se
infringió, porque no están respetando los requisitos por los cuales se
les encomendó este mandato y esos requisitos se establecieron en la Ley y
en la Constitución”.
Finalmente,
el abogado dijo que “la Convención Constituyente no puede alterar los
quórum que están establecidos en el Artículo 133, inciso tercero de la
Constitución Política y que estaban en la ley. Nuestra pretensión es la
defensa de los derechos,
que nos sentimos vulnerados y que sentimos que han sido expropiados
incluso, porque todos los ciudadanos de Chile nos sometimos a un proceso
que estaba regulado y no puede venir de la noche a la mañana la
convención a romper estas normas”.