De
acuerdo con la legislación vigente, al inicio del período de campaña
electoral, cada partido inscrito que presente candidatos a la respectiva
elección, tendrá derecho a que el Estado pague en su favor una cantidad
de dinero equivalente al número de sufragios obtenidos en la última
elección de igual naturaleza, incluidos los independientes que hubieren
ido en pacto o subpacto con él, multiplicado por el equivalente en pesos
a veinte milésimos de unidad de fomento. Los mencionados fondos, podrán
ser utilizados única y exclusivamente para el financiamiento de los
gastos de campaña.
La
ley también indica que aquellos partidos que no hubieren participado en
la elección de igual naturaleza anterior, tendrán derecho a recibir una
cantidad igual a la que corresponda al partido político que hubiere
obtenido en ella el menor número de sufragios. Tratándose de candidatos
independientes, se prorrateará entre todos ellos un monto similar al que
le corresponda al partido que hubiere obtenido en esa elección el menor
número de votos. Se entenderá por elección de igual naturaleza, aquélla
en que corresponda elegir los mismos cargos, y en las mismas
circunscripciones, distritos, regiones o comunas.
Para el caso de la elección de convencionales constituyentes serán aplicables las disposiciones de la elección de diputados.
Tratándose
de las listas de independientes a la Convención Constitucional, de
acuerdo con la normativa, se regirán por las reglas generales como si se
tratara de una lista compuesta por un solo partido. Para el caso de los
candidatos y candidatas indígenas se prorrateará entre todos ellos un
monto equivalente al que les corresponda a los partidos que hubieren
obtenido en la última elección de diputados el menor número de sufragios
en todos los distritos que componen el país.
De
las sumas recibidas se deberá rendir cuenta documentada por los
administradores generales electorales o por los administradores
electorales, según corresponda, una vez efectuada la elección.
Para
el cálculo de los montos de los aportes fiscales se han contabilizado
los candidatos inscritos en el Registro Especial de candidaturas al día
19 de febrero de 2021.