Subsecretario del Trabajo: “El empleador debe pagar el costo de Internet utilizado para el teletrabajo”

El subsecretario del Trabajo, Fernando Arab, señaló que son los empleadores los que deben asumir las cuentas derivadas del teletrabajo, modalidad que se ha extendido debido a la emergencia del coronavirus.

La autoridad indicó a CHV Noticias que “la ley es clara y categórica, los costos de operación del teletrabajo son de cargo del empleador. En consecuencia, el costo, por ejemplo, del Internet que el trabajador utiliza para el teletrabajo debe ser asumido por el empleador“.

Para lo anterior, la autoridad señaló que “el empleador y trabajador deberán, en virtud de un anexo, establecer el pago que el empleador va a realizar al trabajador por ese concepto“.

Arab detalló que los costos deben limitarse a las operaciones vinculadas con el empleo y que “para cualquier otra finalidad que es propia y particular del trabajador, el empleador no debe asumir ese costo”.

“Las partes deberán establecer un costo, que es el costo de Internet para efectos del teletrabajo, y ese costo es un reembolso de gastos que el empleador realiza al trabajador“, reiteró.

Jornadas de trabajo y accidentes

El subsecretario detalló que existen dos modalidades de trabajo: a través de una jornada con horarios o quienes se excluyeron de ella.

“En caso de haber acordado la primera, el horario de ingreso y salida será medido a través del tiempo de conexión y todo lo que sea extra será pagado como tal”, dijo.

CNN CHILE

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