Es común que una vez que adolescentes egresan del colegio tras el término del año escolar, deseen comenzar a generar sus propios ingresos, obteniendo su primer trabajo.
Quienes pueden acceder a esto, y establecer un contrato de manera formal, deben ser aquellos menores de edad, pero que sean mayores de 15 años, pero sólo para realizar trabajos ligeros que no perjudiquen su salud y desarrollo. Siempre y cuando, cuenten con autorización expresa del padre o madre.
Si bien esto es posible, las autoridades hicieron un llamado a denunciar la explotación del trabajo infantil.
El director regional del Servicio de Protección Especializado a la Niñez y Adolescencia (SPE), Erick Amigo Palacios, señaló que “bajo ninguna circunstancia los niños debieran ser parte del mundo del trabajo, los niños debieran ser parte del mundo de la familia, del estudio”, entre otras actividades señaló.
Respecto de las sanciones, éstas pueden variar según el tamaño de la empresa; es decir: 2 a 5 UTM para las microempresas; 3 a 10 UTM para pequeñas empresas y entre 6 a 40 UTM en medianas empresas.