El rechazo según se describe por “haber ejercido acción u
omisión de manera arbitraria e ilegal que priva, perturba y amenaza el legítimo
ejercicio del derecho y garantías establecidos en los artículos 19 N°1, N°2 N°9
y N°14 de la Constitución Política de la República de Chile”, entre ellos el
derecho a la vida y a la integridad física y psíquica y el derecho a la
protección de la salud.
En el escrito, ingresado el pasado 20 de junio y declarado
admisible cuatro días después, la madre de Javier pidió que se ordenara al
gobierno regional “(…) otorgar en el menor tiempo posible (considerando la
urgencia de la operación de acuerdo a especialistas del Hospital de Boston),
los recursos económicos que requiera la operación de Javier Garnica Villegas
mediante el Programa de Ayudas Técnicas y Servicios de Apoyo para Personas con
Discapacidad en el Children’s Hospital de Boston”.
El fallo, emitido ayer lunes 19 por la sala integrada por
los ministros María Isabel San Martín y Víctor Stenger y el fiscal judicial
interino Pablo Miño, determinó que no se vieron afectados los derechos y
garantías fundamentales invocados, si bien el gobierno regional omitió su deber
legal de dar respuesta por escrito a la petición de Joanna Garnica de
acceder a fondos del Programa “Ayudas Técnicas y Servicios de Apoyo para las
personas en situación de Discapacidad” y/o acceder al Programa de Apoyo a la
Discapacidad Infantil.