148 personas privadas de libertad buscan reducir sus condenas

Desde
el lunes la Comisión de Rebaja de Condenas revisa las solicitudes de
148 personas privadas de libertad que piden reducir el tiempo de
cumplimiento de sus condenas.

Para
estos efectos, en cada territorio jurisdiccional de Corte de
Apelaciones sesionará una comisión, la que estará conformada por: un
ministro del tribunal de alzada, tres jueces de letras con competencia
en materia criminal o miembros de tribunal del juicio oral en lo penal;
un abogado nombrado por el Ministerio de Justicia, y dos peritos, uno
psicólogo y otro asistente social, también nombrados por el Ministerio
de Justicia.

Los
condenados pueden acceder al beneficio cuando respecto de ellos se haya
podido observar un comportamiento sobresaliente que dé ciertas
garantías de que podrán desarrollarse en el medio libre, estableciéndose
al respecto beneficios que permiten la rebaja de sus penas. La conducta
de la persona es evaluada por la Comisión de Beneficio de Reducción de
Condena.

Este
cuerpo normativo impone límites a la aplicación de estos beneficios.
Ellos no tendrán lugar, entre otros casos, cuando se trate de personas
condenadas a presidio perpetuo, sea simple o calificado; o el condenado
hubiere cometido algún delito al que la ley asigna como pena máxima el
presidio perpetuo, que no dé lugar a circunstancias atenuantes previstas
en los artículos 72 y 73 del Código Penal; o si la condena hubiese sido
dictada considerando concurrente alguna de las circunstancias
agravantes de reincidencia o habitualidad criminal.

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