El
auto de procesamiento que busca determinar responsabilidades penales en
la presunta sustracción de Ricardo Harex González sumó un nuevo giro.
Ayer la Corte de Apelaciones de Punta Arenas anuló el proceso en contra
del general de Carabineros en retiro Hernán Bravo Arís, quien era
sindicado como uno de los encubridores en la desaparición del estudiante
salesiano.
Con
este fallo, la Corte de Punta Arenas ha anulado el proceso en contra de
seis personas, aunque la resolución respecto a tres de ellos está
pendiente de ser revisada por la Corte Suprema.
El
general Bravo fue procesado junto a otros tres carabineros y tres
sacerdotes salesianos, incluyendo el exobispo Bernardo Bastres. La
exministra en visita Marta Jimena Pinto les impuso a todos la prisión
preventiva, pero posteriormente la Corte de Punta Arenas ordenó su
libertad previo pago de una fianza de 200 mil pesos.
En
las semanas sucesivas el máximo tribunal magallánico anuló el
procesamiento en contra de Bastres y el sacerdote Leonardo Santibáñez,
además de los carabineros Héctor Peña Monsalves, Máximo Sánchez y Anwar
Kharufeh. En los respectivos fallos, la Corte resolvió que no había
antecedentes suficientes para dar por justificada la existencia del
delito base ni la participación que les atribuían.
Ahora
fue el turno del general Bravo. En el recurso de amparo, su abogado
Hernán Benavides alegó que “no existe indicio alguno en esta causa que
pueda presumir o suponer que mi defendido tuvo una
actuación ilícita que permita configurar su conducta como de
encubrimiento. Al contrario, todas sus actuaciones profesionales, como
general jefe de Zona en Magallanes, estuvieron orientadas a proporcionar
y disponer que todos los recursos humanos y materiales de Carabineros
se destinaran a la búsqueda del menor Ricardo Harex González desde el
mismo día de que fue informado de este hecho policial”.
Al
igual que el resto de los encausados, su acción fue acogida por la
Corte de Apelaciones, que resolvió anular el procesamiento en su contra.
Los
abogados de la familia Harex o el INDH –que es parte querellante de la
causa– pueden apelar a la Corte Suprema. Precisamente en esa etapa se
encuentran los otros tres carabineros procesados.