Tras
23 días de juicio, los jueces del Tribunal Oral en lo Penal de Punta
Arenas decidieron condenar a Luciano Gabriel González, quien fuera el
patrón de nave del bote que volcó en el río Serrano en febrero del 2019.
La
sala compuesta por los magistrados José Octavio Flores, Luis Álvarez y
Guillermo Cádiz resolvió que el condenado cometió una serie de
negligencias que concluyeron con la muerte de tres ciudadanas israelíes y
las lesiones graves de otros 14 pasajeros, además de las heridas de
menor complejidad en otro sujeto.
Un bote a la deriva
Empleado
de una empresa turística, González y un guía zarparon a las aguas del
río Serrano –ubicado en la comuna Torres del Paine– con 17 turistas, la
mayoría mayores de edad. La aventura era a bordo del bote a motor “Terry Brian”.
La
travesía concluyó alrededor de las 15:00 horas, cuando el bote chocó
contra un obstáculo. El patrón de nave –González– salió eyectado y el
vehículo quedó a la deriva. La furia del río arrastró el bote sin
conductor hasta la orilla pedregosa, donde la hélice chocó fuera de
borda a babor.
El
impacto provocó la muerte de tres ciudadanas israelíes, de 60, 70 y 76
años. Otras trece personas de la misma nacionalidad y una francesa
quedaron con lesiones graves, principalmente fracturas. El guía
turístico quedó con policontusiones.
Velocidad imprudente
Durante el juicio comparecieron 52 testigos, incluyendo detectives de
la PDI, funcionarios de la Armada y médicos legistas. También se
analizaron resoluciones marítimas y datos de atención de urgencia.
Los
jueces acogieron la teoría de la Fiscalía. En el veredicto señalan que
la Capitanía de Puerto de Natales prohibió el zarpe de la nave “Terry
Brian”, la que tampoco tenía su tripulación mínima de seguridad. Además,
el condenado no poseía licencia para desempeñarse como patrón de nave
menor.
El
veredicto establece que desempeñó una navegación “de manera imprudente y
con infracción al reglamento, al no estar atento a las condiciones de
la navegabilidad del momento en el cauce del agua del río Serrano y
hacerlo a una velocidad no razonable y prudente”.
El
castigo que cumplirá se conocerá el próximo 23 de junio. Aunque el
cuasidelito de homicidio se pena con tres años de cárcel, los jueces
pueden considerar la irreprochable conducta anterior, pues no tiene
anotaciones penales.