Condenan a Tesorería por despido arbitrario ejecutado en mandato de Jorge Altamirano

El
Juzgado de Letras del Trabajo de Punta Arenas acogió una demanda en
contra de la Tesorería General de la República, interpuesta por un
exrecaudador fiscal del servicio, quien denunció, entre otras materias,
un despido arbitrario, en el año 2019.

Por
este motivo, la jueza Claudia Ortiz ordenó al organismo el pago de una
indemnización por 14 millones 497 mil pesos por concepto de daño moral
en favor del denunciante Juan Carlos Castillo, así como una carta de
recomendación.

El
fallo, sin embargo, rechazó otros seis puntos incluidos en la demanda y
referidos, entre otros aspectos, al clima laboral al interior de la
institución, representada durante el juicio por el entonces director
regional de la Tesorería General de la República, Jorge Altamirano
Figueroa, quien dejó su cargo a fines del año pasado y hoy es el jefe de
la división de Administración y Finanzas del gobernador regional, Jorge
Flies.

Demanda

El
dictamen, fechado el 17 de julio, establece que “se acoge la denuncia
de vulneración de derechos fundamentales con ocasión del despido
interpuesta por don Juan Carlos Castillo Ojeda, en contra de la
Tesorería General de la República, representada por Ximena Hernández
Garrido, tesorera general de la República, y en contra de la Tesorería
Regional de Punta Arenas, representada por Jorge Altamirano Figueroa,
tesorero regional de Punta Arenas, ya individualizados, solo en cuanto
se declara:

a) Que el acto administrativo de no renovar la contratación del actor para el año 2020 vulneró el derecho a la no discriminación arbitraria.

b)
Que conforme al artículo 495 N° 3 del Código del Trabajo, se dispone
como medida reparatoria que el demandado deberá solicitar disculpas por
escrito al trabajador por haber lesionado el derecho a la honra y el
derecho a la no discriminación arbitraria y a extender una carta de
recomendación, antecedentes que serán remitidos al domicilio del
trabajador por correo certificado y, además, por correo electrónico a la
casilla electrónica personal del demandante.

c)
Que se condena a la demandada a pagar la indemnización prevista en el
artículo 489, inciso tercero del Código del Trabajo, por la suma de
$9.497.736.-, equivalente a ocho remuneraciones.

d)
Que se condena a la demandada al pago de una indemnización por daño
moral equivalente a $5.000.000.-, suma que devengará intereses y
reajustes que se indican en el considerando trigésimo”.

La
sentencia agrega que “se rechaza en lo demás la demanda principal” y
que “atendido lo resuelto se omite pronunciamiento respecto de la
demanda subsidiaria”.

Pingüino Multimedia intentó este martes conocer la versión del extesorero, pero no hubo respuesta.

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