Los
delitos se perpetraron el 27 de enero del 2020. En horas de la
madrugada, Jean Bonilla Arroyo y Luis Ángulo Rentería abordaron un taxi
en las afueras de un local nocturno. Los acompañaba un tercer individuo
que no fue enjuiciado por problemas de salud.
Mientras
el vehículo estaba en movimiento, uno de ellos le colocó un cuchillo en
el estómago al chofer para robarle el celular y su billetera. Antes de
abandonar el móvil lo agredieron con un objeto contundente.
El
segundo asalto se cometió 30 minutos después. El trío abordó otro taxi
al frente del local nocturno Diosas y pidieron al conductor que los
dejara en el Parque María Behety. En el trayecto lo intimidaron con
objetos contundentes y un cuchillo. Finalmente le sustrajeron un
teléfono y 30 mil pesos en efectivo.
El
Tribunal Oral en lo Penal de Punta Arenas le impuso 12 años de cárcel a
dos de los tres asaltantes. Para determinar la pena, los jueces
consideraron que los acusados perpetraron el delito “formando parte de
una pandilla de tres personas destinada a cometer el hecho”.
Sin
embargo, las defensas recurrieron a la Corte para que se anulara la
sentencia. Uno de los abogados alegó que la agravante no estaba
fundamentada, mientras que el otro argumentó que el fallo “incumplía los
principios de la lógica”.
Las
alegaciones fueron descartadas por el tribunal de alzada, cuyos
ministros rechazaron el recurso de forma unánime. Según el fallo, no
procede que la Corte se pronuncie sobre circunstancias agravantes.
Además, “no advierten (…) que se hayan vulnerado la lógica,
específicamente el principio de la razón suficiente”.