Corte de Apelaciones de Punta Arenas rechaza recurso de nulidad a hombre sentenciado por trata de personas

En
el mes de abril de este año, Jaime Tomás Cabrera Almendra fue
sentenciado a cinco años y un día de cárcel efectiva y a pagar una multa
de 50 UTM, por su autoría en el delito de trata de personas con fines
de trabajos forzados, en perjuicio de ocho ciudadanos de nacionalidad
haitiana.

Por
lo anterior, la defensa del condenado, presentó un recurso de nulidad
en la Corte de Apelaciones de Punta Arenas para que se desestime la
sentencia.

Respecto
a los fundamentos del recurso de nulidad, en el escrito se habla de una
“imprecisión severa del fallo”, en torno al término “captación de las
personas”, señalando que en este caso dicha acción la habría realizado
una tercera persona, de la misma nacionalidad de las víctimas, el cual
no tuvo imputación penal.

El
documento prosigue indicando que a la defensa se le impidió incorporar a
la prueba documental una sentencia dictada por el Juzgado del Trabajo
de Puerto Natales, donde “resultaba ser relevante la declaración de
algunas de las personas que se presentaron como testigos”, lo cual le
habría impedido “el derecho a contradecir la prueba del Ministerio
Público”.

De
igual forma se indica que el tribunal rechazó “sin argumentación” la
solicitud de considerar la irreprochable conducta anterior del acusado
como una atenuante “muy calificada”.

En
base a esto último, el último fundamento apuntaba a que se debió haber
impuesto una pena de presidio menor en su grado máximo y condenar al
acusado
a alguna de las penas sustitutivas que establece la Ley Nº 18.216.

Pese
a lo expuesto, el Tribunal de Alzada decidió rechazar el recurso,
estimando -entre otras consideraciones- que “los hechos probados en el
curso del juicio satisfacen, encuadran y colman, plenamente, los
elementos del tipo de la figura penal por la cual se condenó al
encausado”.

Hechos

Según
se extrae de la acusación del Ministerio Público, el imputado trasladó
–por medio de un tercero- desde Santiago a la capital de la provincia de
Última Esperanza a los extranjeros, que habían llegado a Chile entre
diciembre de 2017 y enero de 2018 en calidad de turi
stas, en busca de mejores condiciones laborales.

Los afectados debían realizar trabajo de recolección de turba; sin embargo,
las condiciones laborales y pagos eran infrahumanas, viviendo en un
lugar rural sin servicios básicos y una mediagua escuetamente construida
y de bajo nivel de refugio, lo que se transforma en un problema mayor
en la zona sur, por las condiciones climáticas propias de la región.

En
febrero de 2018, los afectados firmaron un contrato de trabajo con la
exconviviente del acusado, y en marzo del mismo año, Cabrera Almendra
les hizo firmar un finiquito, término de la relación laboral que ocurrió
debido a que las condiciones climáticas hacían imposible que siguieran
trabajando, lo que lo
s obligó a pedir ayuda, denunciando su situación con la ayuda de una tercera persona.

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