Corte de Apelaciones revoca el pago de costas a la Fiscalía en caso de violencia de género

El fallo hace referencia
a hechos que presuntamente ocurrieron entre mayo del 2018 y junio del
2019. Según la Fiscalía, el imputado de iniciales B. O. M. golpeó a su
pareja con golpes de puño y pies. También la habría agredido con
cinturones, cables de cargador, zapatos y botellas de vidrio. Además, la
habría amenazado de muerte ante un eventual término en la relación.

El
Ministerio Público perseveró en la denuncia presentada por la víctima
hasta el juicio simplificado, pero no tuvo éxito. El 17 de julio, el
Juzgado de Garantía de Punta Arenas absolvió al hombre por considerar
que no existían pruebas suficientes para acreditar los delitos de
maltrato habitual y amenazas en contexto de violencia intrafamiliar.

Además
del veredicto absolutorio, el tribunal dispuso que la Fiscalía fuese
condenada en costas. Es decir, que pagaran los gastos imprescindibles
del proceso judicial.

La
fiscal Katerina Aranis recurrió a la Corte de Apelaciones para que se
revocara la condena al pago de costas. Alegó que habían antecedentes
plausibles para llevar el caso a juicio y que la Fiscalía tenía el deber
de perseguir los delitos por las convenciones internacionales suscritas
por Chile.

El
tribunal de alzada falló a su favor. “Los hechos que hicieron que el
Ministerio Público sostuviera su acción se desarrollaron en un posible
escenario de violencia, en que la víctima, en razón de su género,
pertenece a un grupo tradicionalmente discriminado”, dice la sentencia
de la Corte.

La sala presidida por la ministra Caroline Turner (en la fotografía)
resolvió eximir el pago de costas, pues “el mantener la imputación
hasta el final del procedimiento no es más que la expresión de los
compromisos a los que como órgano del Estado se encuentra obligado”,
dice el fallo.

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