Corte desestimó repetir juicio que sentenció a 6 años a conflictivos hermanos que robaron en casa de vecino

La Corte de Apelaciones de Punta
Arenas rechazó un recurso de nulidad que había sido interpuesto por la defensa de
dos conflictivos hermanos, quienes el pasado martes 29 de septiembre habían
sido sentenciados por su participación y autoría en un delito de robo en
dependencias de un lugar habitado, ilícito que fue perpetrado hace 19 meses en
una vivienda de la población Nelda Panicucci

En la oportunidad, y antes de que
el fallo quedara firme y ejecutoriado, el abogado José Miguel Navarrete, en
representación de los hermanos Francisco Javier y Felipe Maximiliano Cumín
Gallardo –quienes registran un nutrido prontuario delictual y condenatorio-,
llegó hasta el máximo tribunal magallánico, con el objetivo de que los
ministros ordenen repetir el juicio que había declarado culpables a sus
representados, al quedar inconforme con la resolución de los magistrados orales.

Los hechos

Es dable recordar que los hechos de
la acusación presentada por el fiscal Oliver Rammsy, se remontan a las 3,40
horas del 29 de abril de 2019, cuando ambos hermanos, más un tercer sujeto que
no fue habido, ingresaron escalando una reja a un domicilio de calle Nicolás
Izquierdo Araya. Una vez adentro, robaron diversos enseres, comestibles y
herramientas que se encontraban en una bodega contigua a la casa, situación que
fue alertada por la mascota de la familia mediante sus ladridos.

Fue así que el dueño de casa salió
a verificar lo que inquietaba a su perro, sorprendiendo in fraganti a los
acusados dentro de su propiedad, quienes emprendieron rápidamente la huida,
pudiendo la víctima retener y reducir a Francisco Cumín, mientras que los otros
dos antisociales lograron escapar. Pese a aquello, a las pocas cuadras,
personal de Carabineros tras constituirse en el lugar logró detener a Felipe
Cumín, quien fue reconocido por el afectado.

En el juicio declararon ambos imputados, admitiendo que
ingresaron al domicilio porque estaban escapando de la policía y su objetivo
era esconderse y no robar especie alguna, sin embargo los jueces estimaron que
sí se efectuó un robo.

Tesis del defensor

El defensor Navarrete apuntaba a
la absolución del delito de robo en lugar habitado y planteó la recalificación
del mismo por el ilícito de violación de morada.

Bajo este contexto, acusó que de
la declaración que proporcionó tanto una testigo del hecho como también un
funcionario de Carabineros, donde se podía advertir que éstos nunca indicaron que
Felipe Cumin y el tercero portaban las especies consistentes en galletera y
detergentes afuera de la casa. Es decir, en este punto la sentencia daba por
sentado un hecho que en el decir de los testigos no ocurrió de la forma en cómo
se tuvieron por acreditados los hechos, lo que afectaría al principio de la
lógica de no contradicción.

Pese a lo anterior, los ministros
Víctor Stenger, Luis Álvarez y el fiscal judicial Pablo Miño resolvieron
rechazar el recurso de nulidad al no vislumbrar vicio alguno en la dictación de
la sentencia, especialmente en la forma que el Tribunal del Juicio Oral en lo
Penal de Punta Arenas valoró la prueba y luego argumentó y explicó los
razonamientos lógicos utilizados por los jueces, y que fueron la base de
sustentación de la convicción a la que arribaron en su oportunidad.

Cabe indicar que los hermanos Cumín Gallardo fueron
sentenciados a purgar una pena de 6 años de prisión para cada uno, y por no
reunir los requisitos que establece la ley, deberán cumplir el castigo tras las
rejas de forma efectiva.

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