Corte Suprema confirma decisión del juez que encarceló a investigado por delitos VIF

La
última voz la tuvo la Corte Suprema. Por 5 votos contra 0, los
ministros del máximo tribunal rechazaron el recurso de amparo que
buscaba el alzamiento de la prisión preventiva en contra de R. .A.,
quien es investigado por múltiples causas de violencia intrafamiliar
(VIF).

El
imputado está recluido en el Complejo Penitenciario de Punta Arenas por
varias denuncias interpuestas por sus familiares. Presuntamente, entre
noviembre del 2020 y marzo del 2021 reventó las ruedas del vehículo de
su madre, amenazó de muerte a la familia de su hermano, destruyó su
portón metálico e incluso colocó un ramillete de flores sobre él. “Estas
son las flores para tu funeral, porque te voy a matar”, habría dicho.

Mientras
cumplía con arresto domiciliario total, el 26 de marzo, las causas se
agruparon y la Defensoría Penal Pública solicitó que se suspendiera el
procedimiento. El imputado tendría un grado de discapacidad y no tendría
visión por un ojo, por lo que sería inimputable.

Sin
embargo, el juez Ricardo Larenas ordenó la prisión preventiva. “Las
medidas cautelares no han sido capaces de resguardar la integridad
física y de mantener a raya y alejado de sus vidas al imputado”, dijo el
magistrado tras escuchar el testimonio de la cuñada y víctima del
imputado.

La
decisión del juez Larenas causó consternación entre los defensores. “A
mí me citaron para debatir inimputabilidad y termino con el imputado
preso”, dijo el abogado Pablo Santander.

La
Defensoría presentó un recurso de amparo en contra del magistrado ante
la Corte de Apelaciones de Punta Arenas, pero sin éxito. El 21 de abril,
los ministros Marco Kusanovic, María Isabel San Martín y Víctor Stenger
consideraron que se actuó conforme a los derechos de la niñez y de la
mujer.

Descontentos
con el fallo, la Defensoría recurrió a la Corte Suprema. Tras dos días
de análisis, la sala penal del máximo tribunal también rechazó el amparo
de forma unánime.

“En
cualquier etapa de la investigación sobre delitos de VIF se permite al
tribunal con competencia en lo penal decretar medidas cautelares que
sean necesarias para proteger a las víctimas de manera eficaz y
oportuna”, dice el fallo.

Contenido relacionado

Envíanos tu denuncia o información AVISOS ECONÓMICOS