Hace
tres semanas sesionó la Comisión de Libertades Condicionales de la
Corte de Apelaciones de Punta Arenas. El grupo, presidido por la
presidenta de la Corte, ministra Marta Jimena Pinto, y compuesto por
jueces del tribunal oral y de garantía, entregó 18 beneficios
penitenciarios.
Condenados
por tráfico de drogas y robos, entre otros, pudieron salir
anticipadamente de la cárcel por tener un buen comportamiento
penitenciario y tener más de la mitad de la pena cumplida, junto con
otros requisitos.
Otros
29 postulantes no tuvieron la misma suerte. La Defensoría Penal Pública
(DPP) decidió presentar el mismo número de recursos de amparo para que
sus reos representados puedan acceder a la libertad condicional.
Los
recursos de la DPP argumentan que los rechazos de la comisión fueron
arbitrarios e ilegales. Además, recuerda que los informes de Gendarmería
deben ser considerados como una orientación para entregar las libertades condicionales.
En
el caso de Á.V.G. –quien cumple una condena de 10 años por femicidio
frustrado– la comisión estimó que “presenta trastornos psicopáticos, no
obstante poseer una red de apoyo en el medio libre. Tampoco presenta
conciencia del mal causado”, por lo que se rechazó su libertad por
unanimidad.
La
DPP esgrime que el reo presenta avances para ser reinsertado. El
informe de Gendarmería establece que “logra identificar sus emociones y
conductas” y presenta “disminución del contenido ansiógeno”.
Aun
más polémico es el caso de Heber Paredes Ulloa. Su condena por robo con
intimidación concluye en octubre del 2022 y postuló a la libertad
condicional. El informe de Gendarmería dice que “existe conciencia del
delito, del daño provocado a la víctima y la gravedad de este. Los
factores de riesgos son bajos”.
Sin
embargo, la comisión rechazó entregarle el beneficio por tres votos
contra dos. “Mantiene actitudes procriminales, de normalización y
admiración de las conductas infractoras”, argumentaron.