Una curiosa querella presentó la empresa Edelmag, cuyo objeto principal consiste en la generación, transporte, distribución y suministro de energía eléctrica en la Región de Magallanes y Antártica Chilena, abasteciendo a las comunas de Punta Arenas, Puerto Natales, Porvenir y Puerto Williams.
El escrito va en contra de quienes resulten responsables de la conexión fraudulenta o clandestina constitutiva del delito de hurto de energía eléctrica, previsto en el artículo 215 de la Ley General de Servicios Eléctricos.
Según dice el relato de los hechos constitutivos del delito, “en inspección efectuada el 26 de septiembre de 2023, se verificó por nuestra área técnica en terreno que existe una condición de riesgo que constituye peligro para las personas o cosas. En efecto, se constató una conexión irregular al interior de la caja del empalme, particularmente, conexión directa desde el poste hasta el interior de la vivienda ubicada en calle Guillermo Pérez de Arce esquina Armando Sanhueza, sin pasar por el equipo de medida provocando trastornos en el sector.
El fraude fue detectado por la empresa contratista ‘Electro Godoi’, que informó a Edelmag, pudiendo verificar la existencia de una conexión fraudulenta o clandestina en la intersección antes mencionada. Como antecedente adicional la brigada en terreno se pudo contactar con los dueños de la propiedad quienes señalaron que la conexión era clandestina porque actualmente tendrían ‘tomada’ la casa por terceras personas, quienes no fueron identificados y que habían podido tomar una fotografía de la camioneta gris en que circulaba la persona que hizo la conexión clandestina, (…), entregándole a la brigada un registro de fotografías tomadas por una cámara de seguridad.
Con fecha 26 de septiembre de 2023 se efectuó la denuncia correspondiente ante la Dirección Regional de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles de Punta Arenas mediante Oficio EEMG N° 893/2023-G.
En dicha oportunidad no fue posible determinar el consumo ilícito de esta conexión fraudulenta o clandestina, cuestión que deberá ser materia de la investigación.
Sin perjuicio de la responsabilidad que pudiera corresponder a quienes se han beneficiado del uso de electricidad sin registrar su pago, y del daño que esta conducta representa para el patrimonio de mi representada y los vecinos de la comunidad que se alimentan de energía eléctrica en ese sector, es necesario enfatizar el riesgo que una conexión irregular como la descrita, genera para quienes viven o trabajan en los respectivos inmuebles”, dice el texto.
La querella enfatiza que “no son sólo responsables las personas que pudieron beneficiarse de la clandestinidad de su conexión eléctrica para no pagar sus correspondientes consumos, sino que también el instalador eléctrico que las ejecutó, que será parte de la investigación, a quien le habría correspondido participación en calidad de autor, en la hipótesis de participación prevista por el artículo 15, número 1, del Código Penal, ya que ha tomado parte en la conexión irregular que ha permitido y dado inicio a la sustracción de una manera inmediata y directa.
Cabe señalar también, que los instaladores tienen conocimiento de la normativa eléctrica si son autorizados y se encuentran registrados en la SEC, y por tanto conocen las consecuencias de realizar conexiones irregulares a la red eléctrica y los posibles peligros quede ello se derivan.
Por último, deberá determinarse a lo largo de la investigación si el instalador que realizó estas alteraciones del empalme del querellado, tiene licencia de instalador eléctrico o el título profesional correspondiente”.
La querella fue declarada admisible, y ésta solicita que se remitan los antecedentes al Ministerio Público para efectuar las diligencias correspondientes que esclarezcan los hechos y determinen responsabilidades.