El
panorama judicial del sujeto de iniciales F.P. asomaba complicado.
Arriesgaba cerca de 10 años de cárcel por su presunta autoría en cinco
delitos en contexto de violencia intrafamiliar (VIF) y de género,
incluyendo un femicidio y aborto, ambos en grado de desarrollo tentado.
El
juicio en su contra se inició el lunes y durante su desarrollo
comparecieron cerca de 20 testigos y 10 peritos. Rendida la prueba, el
Tribunal Oral en lo Penal de Punta Arenas decidió condenarlo sólo por un
ilícito de desacato, mientras que el femicidio tentado fue recalificado
por lesiones menos graves en contexto VIF. En otros tres delitos arribó
a un veredicto absolutorio
Acusación
El
Ministerio Público llevó a juicio al condenado por los hechos que se
habrían iniciado el 5 de octubre. Aunque tenía una prohibición de
acercamiento, el hombre habría concurrido al domicilio de su ex
conviviente y la habría amenazado de muerte.
Los
hechos de mayor gravedad ocurrieron el 10 de diciembre de 2020. La
víctima –que tenía un embarazo de 12 semanas– se encontraba en su
domicilio junto su hijo. En la mañana llegó su ex, quien permaneció en
el domicilio durante el resto del día.
Según
la acusación, en la tarde el imputado golpeó con sus puños a la mujer
en el rostro. Ya en la madrugada del 11 de diciembre la amenazó de
muerte a ella y al bebé en gestación. Tomó un cuchillo de 19 centímetros
y le propinó al menos dos cortes en el muslo y abdomen “en
circunstancias que vaticinaba que iba a darles muerte”.
En
ese momento llegó Carabineros a la casa. El imputado arrojó el arma
blanca al suelo y fue detenido. La víctima constató heridas penetrantes
en su pared abdominal y muslo, ambas de carácter menos grave.
Veredicto
El
acusado ha cumplido con prisión preventiva desde el control de su
detención. Durante esta semana fue enjuiciado por dos delitos de
desacato, amenazas simples, aborto tentado y femicidio tentado, los tres
últimos en contexto de VIF.
La sala presidida por el magistrado
Guillermo Cádiz e integrada por las juezas Rosa Luque y Constanza
Sutter resolvieron por unanimidad absolver al acusado de un desacato,
las amenazas y el aborto íntimo. “La prueba de cargo resultó
insuficiente para acreditar bajo el estándar del Código Penal los
delitos”, establece el veredicto.
Los
magistrados tuvieron el mismo consenso para recalificar el femicidio
por el delito de lesiones en grado consumado y condenar al imputado por
un ilícito de desacato. Sus razones serán explicadas en la comunicación
de sentencia, que será leída el 22 de enero.