Hombre acusado de cultivo ilegal fue absuelto tras acreditarse consumo personal

El hombre tuvo que afrontar un juicio en el Tribunal Oral en lo Penal de Punta Arenas, porque era acusado de ser autor en grado de consumado, del delito de cultivo ilegal de cannabis sativa.

El juicio tuvo dos días de duración, y en el primero se dio a conocer los hechos en que se basa la acusación, precisando que el 4 de enero de 2023, personal de Carabineros se hizo presente en el domicilio del acusado, ya que estaban en conocimiento que este mantenía un cultivo ilegal de cannabis sativa. En el lugar, los funcionarios policiales, previa autorización voluntaria del propietario del inmueble, ingresaron a dicho domicilio, encontrando que la bodega estaba acondicionada para el cultivo indoor, debidamente equipada, con dos carpas negras, que en su interior mantenía 16 plantas de cannabis sativa, en proceso de crecimiento. Asimismo, sobre una malla, mantenía una sustancia vegetal verdosa a granel en proceso de secado. Las sustancias incautadas fueron sometidas a la prueba de campo respectiva arrojando coloración positiva para marihuana, dando un peso de 197 gramos con 100 milígramos. 

Ayer, en el segundo día del juicio, se emitió veredicto absolutorio, después de que la defensa del acusado lograra acreditar que la marihuana era para consumo personal. Los detalles fueron explicados por el abogado defensor público, José Miguel Navarrete.

“La decisión de absolución pasa porque en este caso nosotros sostuvimos que la tenencia de este cultivo era para su consumo próximo, exclusivo, en el tiempo. El veredicto acogió la tesis de la defensa y es de carácter dividido, no fue unánime. El voto de minoría estaba por establecer una sanción, pero compartiendo el hecho de que su consumo era próximo, exclusivo, en el tiempo. El voto de minoría lo que establecía era una sanción de multa, mientras que los votos por mayoría era absolverlos de los casos”, indicó el defensor.

Cabe hacer presente que la Fiscalía solicitaba se aplique contra el acusado, la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo y una multa de 100 unidades tributarias mensuales. Sin embargo, debido al veredicto absolutorio, ello finalmente no se aplicará.

Contenido relacionado

Envíanos tu denuncia o información AVISOS ECONÓMICOS