“Soy
una persona de 82 años, las razones por las cuales requiero viajar al
extranjero no son antojadizas, sino por temas médicos o de salud”. Con
esas palabras, un adulto mayor fundamenta su recurso de amparo en contra
del Registro Civil e Identificación, pues se negarían a entregarle su
pasaporte.
El
hombre organizó un viaje a México para una operación de prótesis en las
rodillas. En marzo concurrió junto a su hijo a las oficinas del servicio
para emitir su pasaporte. Sin embargo, se negaron a entregarle el
documento: tenía una condena en su contra por apropiación indebida que
data de 1960.
La noticia lo tomó por sorpresa. La pena consistió en una multa que ya había sido pagada, por lo que fue a la PDI.
“Al visualizar que se me estaba impidiendo ejercer mi libertad personal por una condena
establecida hace 60 años, concurro a la PDI con mi hijo, señalándome
que no existiría ninguna restricción para que pueda salir del país”,
dice el afectado en el recurso.
Con
esa información, el recurrente hizo trámites para obtener la
declaración de la prescripción de la pena –“aun cuando ya se había
pagado la multa”, asegura–. Para ello requería de la causa. Aunque fue
condenado por los viejos tribunales del crimen, descubrió que la condena
estaría radicada en el Primer Juzgado Civil de Punta Arenas.
El
problema, según el recurso, es que los archiveros judiciales del
juzgado no encuentran la causa. Se comunicaron con el Conservador de
Bienes Raíces de Punta Arenas e incluso el Archivo Nacional en Santiago,
pero no se sabe dónde está aquella condena de apropiación indebida de
1960.
Para
acelerar los trámites y viajar a México el sujeto decidió interponer un
recurso de amparo ante la Corte de Apelaciones de Punta Arenas.
“Todo
trámite que se solicite a nivel nacional puede tardar muchos meses más,
cuestión que me afecta sobremanera, vulnerando de esa forma mi libertad
personal y mi derecho a salud, por una condena que tiene más de 60
años”, dice el adulto mayor.