El
Tribunal Oral en lo Penal de Punta Arenas resolvió sentenciar a Gerardo
Octavio Gálvez Fuentes, a una pena de tres años y un día de libertad
vigilada, por haber cometido el delito de cohecho agravado. De igual
forma, deberá pagar una multa de $60 mil, junto con la inhabilitación
absoluta perpetua para derechos políticos, al igual que para cargos y
oficios públicos, siendo este último por el plazo de siete años y un
día.
La
sentencia mencionada, está basada en los hechos que dio a conocer el
Ministerio Público en su acusación, la cual dice que “el día 30 de abril
de 2019, en horas de la noche, en circunstancias que el gendarme 1° de
Gendarmería de Chile, el acusado Gerardo Octavio Gálvez Fuentes, se
encontraba desarrollando sus funciones normales como funcionario de
servicio nocturno masculino en el Centro de Cumplimiento Penitenciario
de la ciudad de Punta Arenas, se acercó a la celda ubicada en el
colectivo de enfermería del recinto, lugar donde se encontraba encerrado
el interno A.A.S.O, manifestándole al preso que por un precio módico
podía hacer la vista gorda para que mantuviera relaciones sexuales con
la reclusa C.V.V, quien se encontraba esa noche en el mismo colectivo de
Enfermería del recinto bajo observación.
En
ese contexto, el acusado Gerardo Octavio Gálvez Fuentes, le solicita al
interno A.A.S.O que le entregara $40.000 pesos a cambio de lo ya
señalado, accediendo el preso y entregándole en el acto al gendarme la
suma de $30.000 pesos en efectivo, tras lo cual, el acusado, abre el
candado de la celda, incumpliendo sus deberes como funcionario de
Gendarmería y se retira del lugar para que el interno mantenga
relaciones sexuales con C.V.V, volviendo después de un rato, para
encerrar al recluso en su celda”.
Cabe
precisar que el juicio oral tuvo una duración de tres días y se contó
con la participación de 15 testigos, ello para esclarecer los hechos, su
veracidad y el nivel de responsabilidad de las partes, para así
entregar una pena correspondiente.