Transportista que ocasionó lesiones graves a camionero cumplirá pena en libertad y deberá pagar $500 mil a la víctima

El
hecho ocurrió el 15 de septiembre de 2020. El acusado golpeó con un
fierro en reiteradas ocasiones a la víctima, a la cual tras lograr
reducirla, agredió violentamente en su rostro para concluir la golpiza.
Ello ocasionó al afectado diversas heridas, destacando, entre otras,
fractura nasal, fractura conminuta de pared inferior y medial de órbita
derecha, fractura de pared medial del seno maxilar, fractura conminuta
de huesos propios nasales y del tabique nasal, contusión grave de hombro
derecho, todas ellas de carácter grave que tardaron más de 30 días en
sanar.

Tras
haberse presentado las pruebas y escuchado los testimonios, los
magistrados decidieron emitir veredicto condenatorio contra el sujeto,
el cual fue acordado con el voto en contra de uno de los jueces que
estuvo por absolver al acusado por considerar que su actuar estuvo
amparado en una legítima defensa.

Ayer
en el Tribunal Oral en lo Penal de Punta Arenas, mediante audiencia
telemática, se realizó la lectura de sentencia en donde se informó que
se “condena con costas a Sixto Javier Pérez Olivares, a la pena de 300
días de presidio menor en su grado mínimo, accesoria y suspensión de
cargo u oficio público durante el tiempo en que dure la condena, como
autor del delito de lesiones graves. (…) Reuniéndose los requisitos del
artículo cuarto de la Ley 18.216, se sustituye al sentenciado el
cumplimiento de la pena privativa de libertad, por la remisión
condicional por el término de un año, debiendo quedar sujeto al control
administrativo y asistencia de Gendarmería de Chile en Punta Arenas, por
el tiempo indicado. (…) El sentenciado deberá presentarse al Centro
de Reinserción Social. En lo civil, se acoge con costas la demanda civil
deducida por Juan Alejandro Seguel Perkic en contra del acusado, en
consecuencia se condena a Sixto Javier Pérez Olivares a pagar al actor
civil a modo de indemnización de perjuicio por concepto de daño moral,
la suma de 500 mil pesos”, dice el fallo.

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