Único imputado por la muerte de Glenda Delgado es absuelto de femicidio íntimo

Aunque
arriesgaba más de 25 años de cárcel por tres delitos en contexto de
violencia intrafamiliar, el único acusado por la muerte de Glenda
Delgado Cárdenas recibirá
una pena mucho menor.


Por
unanimidad, los jueces del Tribunal Oral en lo Penal de Punta Arenas lo
absolvieron de la acusación en su contra por femicidio íntimo y daños.
La evidencia rendida durante el juicio solo logró acreditar que el
acusado incurrió en un delito de desacato continuado.

Según
el veredicto, “la prueba del Ministerio Público y de la querellante no
ha permitido al tribunal alcanzar la convicción que, en la especie, la
muerte de Glenda Delgada Cárdenas fue perpetrada por un accionar
homicida del acusado”.

La acusación

Glenda
falleció el 27 de diciembre de 2019, a sus 43 años de edad. En esa
etapa de su vida convivía con el imputado en una construcción “hechiza”
contigua al Estadio Fiscal, a pesar de que el hombre tenía una
prohibición de acercamiento vigente por delitos de violencia
intrafamiliar.

Según
la acusación, en horas de la mañana la pareja se enfrascó en una
discusión. Supuestamente el acusado destruyó el celular de Glenda con un
hacha. Después la habría asfixiado y golpeado en el rostro, cuello y
muñecas.

La
víctima huyó del domicilio, pero se desplomó en un extremo del predio
donde se ubicaba su habitación. De acuerdo a la acusación, “fue la causa
de su deceso la asfixia mecánica causada por el acusado”.

La duda razonable

El
imputado fue enjuiciado tras más de dos años en prisión preventiva.
Cerca de 35 testigos y 18 peritos se sentaron en estrados, incluyendo
funcionarios policiales, médicos, trabajadores del Estadio Fiscal y
asistentes del SernamEG. También se exhibieron sets fotográficos y se
incorporaron los exámenes practicados al cuerpo.

Según
los jueces, la evidencia no bastó para acreditar la configuración del
femicidio y los daños. “De la prueba incorporada por la Fiscalía y la
querellante al juicio resultó insuficiente para tener por establecidos
los delitos por los que se ha dictado decisión absolutoria”, dice el
veredicto.

El
tribunal también tuvo dudas razonables a partir de las primeras
diligencias que hizo la Policía de Investigaciones. “La prueba no fue
especialmente precisa, especialmente se deben analizar las primeras
intervenciones por personal de la PDI al cadáver de la occisa, como el
perito médico legal, que hacen tangible la existencia de dudas
razonables”, señala el fallo.

Las partes

Los
magistrados solo dieron por acreditado que el imputado quebrantó la
prohibición de acercamiento. La Fiscalía pide que sea sancionado a cinco
años de cárcel, mientras que la defensa solicita que purgue casi 800
días de prisión.

El defensor
del imputado, Leonardo Vallejos, se mostró conforme tras la
comunicación del veredicto. “Nosotros siempre postulamos que mi cliente
no tenía participación, que la determinación de la causa de muerte no
era precisa”, dice.

Al
igual que los jueces, el abogado Vallejos sostiene que hubo
imprecisiones en las diligencias practicadas sobre el cuerpo de la
víctima. Para ello incorporaron como prueba el peritaje de un médico
legista que analizó la autopsia del Servicio Médico Legal.


“(El perito) manifiesta que hubo graves falencias en el trabajo
realizado por parte del SML, lo que se materializa en que efectivamente
existen dudas razonables”, señala el abogado.

Descontentos
con el resultado del juicio, la Fiscalía adelantó que explora recurrir a
la Corte de Apelaciones de Punta Arenas. “No estamos conformes con la
decisión, así que vamos a estudiar la procedencia de recurso frente a
esta decisión”, dijo la fiscal Romina Moscoso.

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