Una
serie de acciones que pudieran parecer “sencillas”, “amables” o
“fervorosas” en el día de una elección como la que se llevará a cabo
este domingo, podrían ser cuestionadas.
Así
lo explicó el abogado Jurko Scepanovic, quien aclaró que esas acciones
pueden tener características de faltas o de delitos, cuya denuncia debe
hacer en forma responsable, es decir, identificación del denunciante y
el máximo de antecedentes acerca de los hechos.
“Por
ejemplo, en el día de las elecciones no debe hacerse publicidad en
favor de determinadas postulaciones o candidaturas; tampoco debe
llevarse chapitas, insignias o distintivos políticos”, señaló el jurista
magallánico.
Añadió
que existe una prohibición muy clara respecto de la venta de bebidas
alcohólicas, es decir, se debe respetar a toda costa, las disposiciones
de la “ley seca” que rige ese día.
El
abogado, coincidiendo con lo dispuesto por el Servicio Electoral,
SERVEL, también indicó que no debe haber manifestaciones de personas o
de grupos en las inmediaciones de los locales de votación, en favor o en contra de determinados candidatos.
Tampoco
pueden hacerse comentarios en voz alta al interior de los locales de
votación; en las filas de votantes y no puede haber motivos impresos en
carpetas u otros documentos que lleven los apoderados de las diferentes candidaturas.
Los
presidentes de mesa pueden – y debieran hacerlo – poner en
conocimiento de los efectivos uniformados que resguardan los locales de
votación, especialmente los jefes de local y delegados del SERVEL para
evitar ese tipo de acciones que bien pudiera ser calificado como
proselitistas de “último momento”.
Respecto
de aquellos gestos que pudieran ser calificados como “mera amabilidad”,
al llevar a bordo de vehículos particulares a personas que no sean
familiares, Carabineros pudiera realizar tareas de control y exigir
respuestas concretas y que no dejen dudas acerca de que la identidad de
esas personas eran conocidas por el “gentil”
transportista y que no se trataba del conocido “acarreo” que utilizan
los distintos comandos electorales en los días de elecciones, se indicó.
La
situación varía si para trasladar un número mayor de electores, se
utilizan buses y minibuses que no pertenecen a los servicios de
locomoción colectiva mayor o buses especiales, de diversos tamaños y sin
marcas que sí podrían ser parte de un “sistema de acarreo de electores”.
Por
lo que pudo apreciar en ocasiones anteriores se procede a la
notificación a los “acarreados”; éstos votan, pero quedan a la espera
del proceso respectivo que incluye identificaciones, investigaciones,
declaraciones, peritajes, informes y demases que demoran tanto tiempo
que, al final las eventuales multas y sanciones se diluyen.
Pero
si se incumple la ley por parte de alguna candidatura, como ocurrió en
una jornada eleccionaria anterior, en una comuna de Santiago, y se lanza
propaganda en favor de un determinado candidato, el municipio
respectivo, debe desplegar personal y medios para recogerla,
especialmente cerca de los locales de votación, pero el efecto buscado
ya se ha logrado.
Y
puede ser tanto así, que en el caso de ese candidato que incumplió la
ley, resultó electo, pero debió pagar una multa que ascendió a un millón
seiscientos mil pesos.
O sea, aplicando un dicho popular: “por plata baila el monito”.