Serán
818 días de cárcel los que tendrá que cumplir un buzo mariscador por
agredir a su exconviviente. Aunque enfrentó cargos por femicidio
tentado, el Tribunal Oral en lo Penal de Punta Arenas lo condenó por dos
delitos de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar
(VIF).
Los
hechos ocurrieron el 3 de julio del 2021, al interior de un inmueble que
la pareja compartía en Puerto Natales. Tras una discusión, el hombre
apretó los hombros de la víctima y la empujó. Después comenzó a
ahorcarla con una mano, mientras que con la otra tomó un macetero y
arrojó la tierra en su rostro y al interior de su boca.
La víctima perdió por unos momentos la respiración, pero logró huir del inmueble hacia la vía pública.
De
acuerdo a los hechos acreditados durante el juicio, el hombre le dio
alcance en las inmediaciones del domicilio y le sacó la ropa, dejándola
completamente desnuda. Luego le dio golpes de pie y puño en diversas
partes del cuerpo.
La
afectada resultó con escoriaciones en su cuello, labio, cara, pecho y
espalda. También sufrió una pérdida de dermis y una equimosis en su
muslo, entre otras heridas. Todas las lesiones fueron catalogadas de
mediana gravedad por el parte médico.
Tras
pasar casi nueve meses en prisión preventiva, el hombre fue llevado a
juicio por femicidio tentado y lesiones. La fiscalía pedía más de seis
años y medio de cárcel por ambos ilícitos.
La rendición de pruebas se prolongó durante tres jornadas. Incluyó el
testimonio de los carabineros que auxiliaron a la víctima y detuvieron
al condenado, además de la declaración de un médico legista que perició
las lesiones.
Concluido
el juicio, los magistrados resolvieron recalificar el delito de
femicidio por lesiones menos graves. Según la sentencia, “no pudo
estimarse que su intención hubiese sido la de matarla ni que hubiese
empleado un medio idóneo para ello”.
De
todos modos, el tribunal resolvió que la pena de 818 días de cárcel sea
cumplida de manera efectiva en un complejo penitenciario “atendida la
contumaz y refractaria conducta del encausado a lo largo del tiempo”;
registra nueve condenas previas que incluyen delitos por homicidio
frustrado, microtráfico y porte de arma blanca.
Ejecutoriada
la sentencia, el sujeto tendrá la prohibición de acercarse a la víctima
a menor de 100 metros por el lapso de dos años.