Caso Ámbar: abogados coinciden en que las exigencias deben ser mayores para otorgar libertad condicional

Tras
encontrar el cuerpo sin vida de la joven Ámbar en Villa Alemana, ha
dejado en evidencias la falta de eficiencia del sistema judicial
chileno, luego de sindicar como el asesino de la joven a Hugo
Bustamante, el “Asesino del tambor”.

Bustamante
quien en 2005 fue encarcelado debido a que en Villa Alemana, asesinó a
Verónica Vásquez y a su hijo Eugenio de 9 años, siendo condenado a una
pena de 27 años.

Sin
embargo, pudo salir de la cárcel tras 11 años al recibir el beneficio
de la libertad condicional, durante el mandato de Michelle Bachelet.

En
vista de esta situación, en redes sociales se empezó a difundir que
Bustamante fue indultado como parte de un grupo de 788 reos con
diferentes condenas que quedaron en libertad en la Región de Valparaíso
en mayo de 2016.

Junto
con ello, se sindicó a la jueza Silvana Donoso como responsable de la
salida de Bustamante de prisión, quien integraba la Comisión de Libertad
Condicional de la Corte de Apelaciones de Valparaíso y que fue nombrada
por la misma Presidenta Bachelet, la cual, además de Donoso, era
integrada por otros cuatro magistrados.

De
esta manera, la Comisión estaba compuesta por Donoso, como presidenta
de la instancia; Paula Ramos Vergara, jueza del Tribunal de Juicio Oral
en lo penal de Valparaíso; Alonso Arancibia Rodríguez, juez del Tribunal
de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar; Loreto León Pinochet, Jueza
del Juzgado de Garantía de Viña del Mar, y Eduardo Saldivia Saa, juez
del Juzgado de Garantía de Valparaíso.

Dicha
Comisión además no consideró el informe de Gendarmería, el cual
indicaba que Bustamante no se le debería otorgar la libertad. En esa
oportunidad Donoso dijo que dicho informe no era vinculante.

Durante
esa misma instancia en 2016, el Instituto Nacional de Derechos Humanos
(INDH) pidió no cuestionar la figura de libertad condicional, destacando
que, por más de 90 años, ha estado presente en el ordenamiento jurídico
chileno.

Respecto
de este caso Pingüino Multimedia, conversó con el presidente del
Colegio de Abogados de Magallanes, Ramón Ibáñez y con el exseremi de
Justicia de Magallanes, durante el Gobierno de Bachelet, el abogado
Pablo Bussenius. Ambos abogados dieron a conocer su parecer re
specto de lo sucedido, las facultades y la deficiencia que hoy tiene el sistema judicial.

Ibáñez
manifestó que el procedimiento no es por decisión política, explicando
que “son facultades que tiene la Corte de Apelaciones, que son quienes
deciden esto”.

Además
el presidente del Colegio de Abogado, dijo que falta que se exijan
mayores requisitos para optar a la libertad vigilada, expresando que
“creo que todo lo que son delitos sexuales o violencia de género
claramente que deberían existir requisitos mayores, sin perjuicio de
aquello, tratándose de delitos en el cual la pena es de 5 años hacia
abajo y pueden ser acreedores de la Ley 18.216 ya se han limitado los
cumplimientos alternativos de la condena para determinados delitos,
ahora bien, una vez condenada la persona como en este caso donde tenía
una condena de más de 20 años, siempre cuando se cumple la mitad de una
condena se puede pedir un beneficio, ya sea por buena conducto u otro
caso. Ahora casos como aquellos la Corte de Magallanes, muchas veces lo
ha negado y la defensoría penal a apelado a la Corte Suprema y la Corte
Suprema ha revocado la resolución”.

Además, Ibáñez, señaló que el informe de Gendarmería debería ser vinculante.

Por
su parte el exseremi de Justicia, al ser consultado si existiría una
responsabilidad política, aclaró que “de ninguna manera. Descarto
tajantemente que pueda atribuírsele cualquier grado de responsabilidad a
la exPresidenta Bachelet en el otorgamiento de la libertad condicional
del principal sospechoso del asesinato de Ámbar. Una primera información
hablaba que había sido “indultado” en 2016, generándose con ello toda
una confusión que se prestó a malos entendidos. Sin embargo, y con el
paso de las horas ha quedado suficientemente claro que lo que en
realidad había sucedido es que había sido beneficiado con la libertad
condicional. Desde 2012, y para precisamente evitar que un tema tan
sensible como el de las libertades condicionales pudiese depender de
consideraciones políticas, se relevó a los Seremis de Justicia de esta
temática, con lo que los distintos Gobiernos dejaron de intervenir en la
materia; siendo desde esa fecha y hasta hoy, la Comisión de Libertades
Condicionales, integrada en su totalidad por ministros y jueces del
Poder Judicial, el órgano colegiado encargado de resolver en esta
materia”.

“Todavía
más, diversos medios de comunicación han rescatado la prensa de la
época, donde la exPresidenta ya expresaba su preocupación por la
decisión de diversas comisiones, principalmente de regiones, de otorgar
libertades condicionales a más presos de lo habitual. De allí que
cualquier intento por involucrar a la exPresidenta con lo sucedido, es
una bajeza, que no sólo busca desinformar sino, además, sacar dividendos
menores a partir de un hecho tan dramático y lamentable como es la
muerte de una menor”, dijo Bussenius.

Finalmente,
la exautoridad al ser consultado sobre qué le falta a la legislación
chilena para ser más cuidadosa frente a esos temas, dijo que “como todo
tema complejo, la respuesta nunca es fácil e involucra diversos aspectos
y consideraciones. Lo primero, que se dicte el reglamento contemplado
en el artículo 11 de la Ley N° 21.124 de 2019, para el cual el gobierno
tenía 4 meses y que a la fecha se encuentra aún pendiente en su
dictación y que abarca temáticas tan sensibles como la dictación de
normas relativas a la organización del Sistema de Libertad Condicional,
Programas y los Informes de Gendarmería de Chile. Luego, la urgente
necesidad que los intervinientes en la etapa de cumplimiento sean
verdaderamente especializados, lo cual vale tanto para jueces (Creación
del Juez de Ejecución de Penas) como Fiscales del Ministerio Público (la
Defensoría Penal Pública lleva mucho avanzado con la Figura del
Defensor Penitenciario). En tercer término, dotar de los recursos
necesarios a Gendarmería de Chile para que esta institución pueda
contratar en número necesario a los profesionales encargados de evacuar
los informes de postulación sicosocial que exige este beneficio.
Finalmente, y como todo en esta temática dice relación con la efectiva
reinserción social de los condenados es urgente inyectar recursos que
hagan que ello no sea sólo una quimera”.

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