Confirman indemnización de $10 millones a funcionaria que sufrió acoso laboral en Municipalidad de Cabo de Hornos

La
Corte de Apelaciones de Punta Arenas, rechazó un recurso de nulidad
interpuesto por la Municipalidad de Cabo de Hornos, luego que el
tribunal de esa ciudad la condenó a pagar una indemnización a una
funcionaria por acoso laboral.

Esto
luego que en diciembre, el Juzgado de Letras, Garantía, Familia y
Laboral de Cabo de Hornos, acogió la demanda interpuesta por la jefa de
la dirección de obras y ordenó a la municipalidad local pagarle
$10.000.000 por concepto de daño moral, provocado a la demandante por el
acoso laboral que habría soportado entre enero y agosto del 2019.

En el fallo, el juez Cristián Armijo acogió la acción deducida
por la arquitecta demandante Cristina Gaete Cortés, tras dar por
establecido que fue víctima de acoso laboral después de denunciar
irregularidades en el programa “Recuperación de Barrios”, entre otros.

“En
efecto, con la prueba incorporada al juicio se acreditaron las
vulneraciones alegadas, pues como se ha explicado, el edil citó

intempestivamente a la actora a una reunión, junto al abogado de la
municipalidad, exigiéndole respuestas y cuestionando su actuar, lo que
generó angustia y temor en la actora, lo que no se condice con el hecho
que la denunciante estaba actuando diligentemente en el trabajo que le
fue cometido”, sostiene el fallo.

Resolución que agrega: “Por otra parte, en la designación
de Haydee Mella en el cargo de administrativo del Departamento de
Obras, en reemplazo de Alejandro Vidal, constituye un acto vulneratorio,
pues perjudicó seriamente la labor de la directora de Obras durante el
tiempo que ella sirvió en el cargo, independiente de las licencias
médicas y ausencias que la demandante tuvo en períodos posteriores”.

“Que
a su turno –continúa–, a lo menos en una oportunidad, el edil le dijo a
doña a Cristina que tenía las puertas abiertas para irse del trabajo,
lo que teniendo en consideración la relación de verticalidad existente
entre las partes, son expresiones que constituyen una clara advertencia o
amenaza, lo que no se condice con la obligación del empleador de
resguardar la salud psíquica de un trabajador, y por otra parte,
condiciona indebidamente cualquier actuación de esta en el futuro”.

“Que
finalmente a Cristina Gaete Cortés se le impidió el ingreso a la
Asociación de Funcionarios de la Municipalidad de Cabo de Hornos,
cuestión nunca antes en la hi
storia
de la Asociación había ocurrido, y si bien de acuerdo a sus estatutos
es soberana de decidirlo así, lo cierto es que esta grave e inusitada
situación no vino más que a demostrar la falta de cuidado que la
Municipalidad presta en el cumplimiento de su deber respecto de los fun
cionarios a quienes también se debe”, afirmó la resolución del tribunal de Cabo de Hornos.

Fue
así que durante enero de este año, la Municipalidad de Cabo de Hornos,
presentó un recurso para anular el primer fallo, lo que no se acogió, lo
que fue pronunciado por la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de
Punta Arenas integrada por los ministros Marcos Jorge Kusanovic, María
Isabel Beatriz San Martín y la fiscal judicial Connie Blanca Fuentealba,
la que señala que “el juez ha dado una justificación particularmente
intensa al dar los correspondientes juicios de valor que acreditan la
existencia de vulneración de los derec
hos
fundamentales de la actora consignados en el artículo 19 Nº1º y 4º de
la Constitución Política de la República, juicios que esta Corte
comparte, y una cosa muy distinta es que el recurrente no los acepte e
intente descartar los mismos, aduciendo su propia visión”.

Se le deberá pagar por concepto de daño moral,
provocado a la demandante por el acoso laboral que habría soportado
entre enero y agosto de 2019.

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