Consejo de Ministros aprobó los primeros reglamentos de la Ley de Reciclaje

En ese sentido, el anuncio
de la aprobación por parte del Consejo de Ministros de los primeros reglamentos
que dan vida a la Ley de Reciclaje, es una muy buena noticia para nuestra
región.

Los ministros de Medio
Ambiente, Salud, Economía, Energía, Obras Públicas, Vivienda, Minería y
Agricultura ratificaron ayer el reglamento que crea el fondo para el reciclaje,
el reglamento del procedimiento de la ley y el que regula el movimiento
transfronterizo de residuos.

Al respecto, el seremi del
Medio Ambiente, Juan Marcos Henríquez, destacó la aprobación y subrayó que “los
reglamentos aprobados constituyen la base misma de la Ley de Reciclaje. El
ministerio está cumpliendo con los compromisos asumidos, así que esperemos que
con su implementación podamos cumplir la meta de reciclar el 30% de los
residuos de este país”.

Las estadísticas indican
que en Chile se recicla menos del 10% de los residuos domiciliarios y con la
implementación de esta ley se quiere llegar al menos a un 30% en los próximos
cinco años. En este sentido, la normativa permite cumplir con los estándares de
la OCDE en materia de gestión de residuos, disminuir su generación e
incrementar tasas de reciclaje. El marco regulatorio impulsará que productores
o importadores de seis productos prioritarios -aceites lubricantes, aparatos
eléctricos y electrónicos, baterías, envases y embalajes, neumáticos y pilas-
se hagan cargo de los residuos de estos productos una vez que terminan su vida
útil, estableciendo metas de recolección obligatorias para cada uno de ellos.

Los reglamentos aprobados
se refieren al procedimiento para elaborar los decretos supremos que
establezcan los instrumentos de prevención y valorización de productos; el que
dota al Ministerio del Medio Ambiente de un fondo de $ 2.100 millones para
financiar proyectos, programas y acciones para prevenir la generación de
residuos y fomentar su reutilización y, por ahora, el que determina las
obligaciones de importadores y exportadores de residuos, remitiendo a un
decreto supremo la reglamentación de los requisitos, exigencias y
procedimientos para la autorización de importación, exportación y tránsito de
residuos.

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