Presentan recurso de amparo a favor de venezolano con orden de expulsión

La
Corporación de Asistencia Judicial de la Región de Magallanes, presentó
en representación del ciudadano venezolano Brandon Radamel Salcedo
García, un recurso de amparo en contra de la Delegación Presidencial
Regional de Magallanes y de la Antártica Chilena, “por haber dictado de
manera ilegal y arbitraria la Resolución Exenta Nº 860, de fecha 3 de
noviembre de 2020, notificada al amparado con fecha 21 de abril de 2023,
la cual ordena su expulsión del país. Lo anterior fundado en lo
dispuesto en el artículo 21° de la Constitución Política de la
República, en relación con el artículo 19 Nº 7 de la Carta Fundamental,
de acuerdo a las razones de hecho y de derecho que se expondrán”, dice
el escrito.

El
documento procede a detallar los hechos, se menciona que amparado tiene
21 años y a principios de 2020 ingresó a Chile por un paso no
habilitado al territorio jurisdiccional de la Provincia de Arica, Región
de Tarapacá, en busca de mejores oportunidades de vida y económicas.

El
escrito dice que se hospedó por un corto plazo de tiempo en la ciudad
de Santiago con su tía, luego se dirige a Punta Arenas, conoció a su
pareja de nacionalidad chilena, con la cual tuvo una hija.

Se
asegura que el amparado actualmente cuenta en Chile con seguridad,
estabilidad y redes de apoyo, y desde que llegó a Punta Arenas se
desempeña como mecánico en el taller ubicado en Barrio Prat, viviendo
actualmente en la casa de su suegra, junto a su pareja e hija siendo hoy
el sustento económico de su grupo familiar.

La
abogada de la Corporación de Asistencia Judicial, indica que “en el
presente caso, el amparado no tuvo la oportunidad de defenderse en el
procedimiento administrativo iniciado en su contra, y que finalizó con
el acto administrativo que ordena su expulsión, de hacer descargos, ni
ofrecer prueba alguna con el fin de representar y demostrar a la parte
recurridas su situación, lo que devino en que sus condiciones
particulares no fueron consideradas como antecedentes para la dictación
del acto recurrido.

La
resolución que dispone la expulsión del amparado se funda, en cuanto a
los hechos, exclusivamente en un parte policial que da noticia de un
supuesto ingreso clandestino al territorio nacional. Dicho antecedente
es insuficiente para fundar la decisión de expulsión, por cuanto la
ocurrencia efectiva del motivo fáctico en el que se sus
tenta
la decisión de la autoridad no ha sido acreditada. En efecto, no consta
que los hechos hayan sido investigados y acreditados en un proceso
penal, impidiendo a las amparadas defenderse de dicha imputación dentro
de un proceso judicial legalmente substanciado.

(…)
Al adoptar una decisión que pudiese afectar a un niño, niña o
adolescente, aunque aquél no sea el sujeto sobre quien recaerá
directamente tal decisión, la autoridad administrativa debe otorgar
consideración principal a su interés superior, lo que conlleva la
necesidad de ponderar los antecedentes concretos de la situación
particular del niño o niña afectada y los efectos que producirá la
decisión administrativa respecto del goce y ejercicio efectivo de sus
derechos.

En
el caso del amparado Brandon Radamel Salcedo Garcia, la orden de
expulsión generaría una afectación concreta a los derechos de (…), de un
mes y medio de edad”.

Estos
fueron los fundamentos entregados por la Corporación de Asistencia
Judicial, indicando además de concretarse la expulsión, separarían una
familia que intenta hacer su vida en Chile.

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