Corte de Punta Arenas ordena el pago de $50 millones a víctima de torturas en la dictadura

En
50 millones de pesos quedó fijada la indemnización que deberán pagar a
un hombre que fue torturado por el régimen militar. La Corte de
Apelaciones de Punta Arenas confirmó lo resuelto en primera instancia y
ordenó que el Estado pague la suma por conceptos de
daño moral.

El
demandante Óscar Salas Alvarado fue detenido en septiembre de 1988 por
funcionarios de Carabineros. Tras una jornada de trabajo, se dirigió a
la esquina de Sarmiento de Gamboa con Bories para abordar locomoción.

Su espera coincid
con una marcha de adherentes del “Sí” para el plebiscito que resolvería
la continuidad del régimen. En este contexto, carabineros lo detuvieron
por participar en
la protesta y lo subieron a un carro policial.

De
acuerdo a la demanda, la víctima fue agredida con patadas y lumas hasta
que lo llevaron a la Prefectura. Posteriormente estuvo recluido en la
Penitenciaría Local de Punta Arenas, donde vivió bajo condiciones de
hacinamiento y lo amenazaron con enviarlo a isla Dawson.

Los
tormentos concluyeron después de 31 días de reclusión. El demandante
recuperó su libertad gracias a las gestiones del Obispado, pero fue
despedido de su empleo y quedó con problemas de salud mental a causa de
las torturas.

Patrocinado
por el abogado Juan Srdanovic, el afectado demandó al Estado por 200
millones de pesos. Tras rendirse la prueba, el Tercer Juzgado de Letras
de Punta Arenas acogió la acción y ordenó que el Estado pagase 100
millones. Sin embargo, el Consejo de Defensa del Estado recurrió a la
Corte de Apelaciones para que se anulara el fallo.

En
un fallo dividido, el tribunal de alzada reconoció que el demandante
fue víctima de torturas y rebajó la indemnización en 50 millones de
pesos.

“Se
dará lugar a la acción indemnizatoria solicitada respecto del daño
moral sufrido por el actor, que estos sentenciadores (…) atendido los
hechos referidos precedentemente, entre ellos el lugar (la antigua
Primera Comisaría de Carabineros y la ex Cárcel Pública de esta ciudad) y
tiempo que duró su detención, así como el reconocimiento de su calidad
de víctima del Estado Chileno de detención de carácter política y que
como consecuencia de la misma se le activó una sintomatología de
carácter postraumático que no fue tratada”.

Además, el CDE quedó eximido del pago de las costas.

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