A
partir de la noticia publicada ayer en exclusiva por Diario El
Pingüino, conversamos con Pamela Ramírez, directora regional del
Servicio Nacional del consumidor (Sernac).
– ¿Cómo sigue el curso de ésta denuncia y si es admisible o no por parte de Sernac?
“Efectivamente,
nosotros hemos recibido hasta ahora 31 reclamos que han ingresado a
Sernac (…) El procedimiento de mediación del Sernac establece plazos de
gestión, por lo tanto los reclamos están en trámite, han sido
trasladados a la Universidad de Magallanes para que ella individualmente
responda a cada reclamante respecto a lo que la persona está
reclamando”.
– ¿De qué se trata su reclamo?
“Fundamentalmente
lo que ellos están reclamando dice relación justamente con la omisión
de información de alguna forma a propósito de esta calidad como carrera
no certificada (…). En relación a esto, nosotros estamos oficiando a la
Universidad de Magallanes para saber cuál sería el volumen de personas
afectadas por esta situación y cuáles son las medidas de acción o de
resarcimiento a partir de éstos hechos”.
– ¿Hay plazos?
“Ya
contando con esos antecedentes y la información que nos proporcione la
Universidad de Magallanes, para lo cual hay un plazo de 10 días
hábiles”.
– ¿Fueron oficiados ayer u hoy?
“Hoy” (ayer).
– ¿Qué pasa con esos estudiantes o apoderados que consideran que han sido vulnerados su derecho a estudiar?
“De
momento y de la revisión de la base de datos que nosotros hemos
efectuado, solamente nos figura éste grupo de reclamo, estos 31 casos a
propósito de estudiantes y particularmente por la situación de la
carrera de Derecho. En relación al otro tema, por lo menos hasta ahora
no hemos recibido reclamos por esa situación”.
– No deja de ser llamativo que ante una denuncia ante la Universidad de Magallanes, que además es pública, el organismo que acoge la denuncia sea el Sernac que defiende los derechos de los “consumidores”.
“Ahí
hay que recordar al principio, nosotros estamos involucrados en este
tema partir del procedimiento de mediación. Ahora, con nuestras nuevas
facultades y en relación que la ley define quién ostenta la calidad de
consumidor o quién la de proveedor, es bueno recordar que la Ley del
Consumidor es de carácter supletorio, esto quiere decir que actúa
frente a la falta de regulación o a los espacios que pudieran quedar no
regulados por las leyes especiales”.
@PabloFortin