Distintas visiones explican el porqué favorece y porqué perjudica la plurinacionalidad

“Nosotras
y nosotros, el pueblo de Chile, conformado por diversas naciones, nos
otorgamos libremente esta Constitución, acordada en un proceso
participativo, paritario y democrático”.

Así
reza el preámbulo de la Propuesta de Constitución Política de la
República de Chile, redactada por la Convención Constituyente y que será
sometida a referéndum el próximo 4 de septiembre.

Luego,
en el Artículo 1 del borrador constitucional se lee: “Chile es un
estado social y democrático de derecho. Es plurinacional, intercultural,
regional y ecológico”.

Como toda introducción de un texto constitucional,
las primeras frases del borrador constitucional están definidas por
palabras bellas, sugestivas, nuevas y poderosas, que de algún modo,
buscan seducirnos pero sobre todo, a fin de cuentas, vienen a señalarlos
los principios fundamentales de la nueva ordenación o arquitectura del
poder que tendrá el edificio político y que es de lo que en esencia,
trata toda Carta Magna.

En
este caso, queda claro, de entrada, la importancia de la
plurinacionalidad para la nueva Constitución chilena, al punto que en su
primer artículo se define a nuestro país, por primera vez en su
historia, como un pueblo conformado por varias naciones, característica
que, además, deberá quedar plasmada en el carácter mismo que tendrá el
propio Estado.

A
una semana del plebiscito, el tema de la plurinacionalidad se ha
convertido en uno de los que mayor escozor causa en la opinión pública,
pues ha generado arduos debates en los medios de comunicación y redes
sociales.

Abundan los temores y las acusaciones de fake news (noticias falsas), desde las distintas trincheras políticas.

Tanto
ha sido el ruido mediático y las inquietudes generadas que el Gobierno
debió realizar una controvertida operación para acordar con los partidos
oficialistas, una serie de cambios al borrador constitucional, una vez
que este sea aprobado, a fin de precisar los alcances que tendrán una
serie de materias, entre las cuales la implementación de la
plurinacionalidad tiene un rol preponderante.

Pero ¿qué es lo que representa la Plurinacionalidad, en definitiva para la nueva Constitución y qué implicancias tiene?

Cuatro
actores dan a conocer aquí su visión acerca de la importancia de esta
materia y porqué debe ser aceptada o rechazada por la opinión pública,
el próximo 4 de septiembre.

GIUSTINIANOVICH:

Al respecto, la exconstituyente Elisa Giustinianovich explicó que significa para el Constituyente, este concepto.

“El
principio de plurinacionalidad significa, tal como lo indica el
Artículo 2 de la propuesta, reconocer una realidad. Esto es, que el
soberano, el pueblo chileno, se conforma por una pluralidad de titulares
colectivos de derechos; pueblos y naciones que preexisten al Estado y
habitan su territorio”.

Agregó
Giustinianovich que “esos pueblos y naciones indígenas preexistentes
son los Kawésqar, Yagán, Selk’nam Mapuche, Aymara, Rapanui, Lickanantay,
Quechua, Colla, Diaguita, Chango. Los tres primeros habitantes del sur
austral”.

“El principio plurinacional, por tanto, no crea nada”, afirmó sino que “es la autoaceptación de lo que somos. Y ese reconocimiento es una tendencia del constitucionalismo contemporáneo”.

Giustinianovich
expresó que: “El reconocimiento de la plurinacionalidad del Estado de
Chile es una fórmula sofisticada e institucional de articular la
diversidad de los países, d
e canalizar reivindicaciones por una vía pacífica y democrática”.

En
este sentido, la exconstituyente magallánica dijo: “La
plurinacionalidad es una fórmula para unir al país, de iniciar un camino
de reparación y conciliación a partir del daño
provocado por las políticas de exterminio, usurpación y asimilación. Los países que han avanzado en este sentido han mejorado su cohesión interna, como ocurre en Nueva Zelanda, Canadá y Colombia”.

Asimismo, destacó
que el concepto de Plurinacionalidad fue abordado en la nueva
Constitución, tomando en cuenta tanto la normativa hoy vigente, acuerdos
internacionales comprometidos por nuestro país y recomendaciones de los
propios expertos. “Finalmente, ese 7% de contenido constitucional que
aborda directa o indirectamente contenido plurinacional, casi en su
totalidad es, por una parte, la reproducción de normativa vigente, como
la Ley Indígena Nº 19.253 (que en su artículo 54 reconoce el pluralismo
jurídico), el Convenio 169 de la OIT suscrito por Chile en 2008, el cuál
es ley de la República; y por otra, recoge recomendaciones de la
Comisión Verdad Histórica y Nuevo Trato con los P
ueblos Indígenas de 2003”.

GUZMÁN

En
cambio, el analista internacional y exdiplomático, Jorge Guzmán, afirmó
que el concepto de plurinacionalidad, en sí mismo, es peligroso para el
país. “Me parece que la manera en que en Chile esto ha sido planteado,
esta suerte de neoindigenismo, tiene una connotación racial que a mí me
parece muy peligrosa. ¿Cómo se define en un país esencialmente mestizo
como el nuestro, que usted pertenece a una u otra de las naciones que
ahora se supone están reconocidas”.

Guzmán
destaca que el proceso de mestizaje en Chile se produjo de un modo “que
se fue complejizando a lo largo de los siglos. Por lo tanto, ¿cómo
vamos a definir a un Kawésqar?, ¿están los kawésqar dispuestos a hacerse
un estudio de ADN para determinar si su genoma coincide con algún resto
óseo encontrado en algún fiordo de la Patagonia. No soy antropólogo, lo
que sé es que los pueblos originarios tenían una distribución espacial
bastante acotada, eran clanes, ni siquiera tribus. En términos
estrictamente científicos, ¿es un clan una nación?, yo como historiador
digo que no”.

En
cambio, el analista se muestra preocupado por las motivaciones de este
debate. “Me parece que es una discusión que está planteada desde un
punto de vista muy poco riguroso y que pretende introducir una división
entre los ciudadanos que no es importante en el siglo 21”, dijo, al
tiempo que puso como ejemplo la situación de los descendientes yaganes,
pero que también son mestizos. “¿En qué condición legal quedan
entonces?, yo creo que son chilenos y que el problema real de nuestro
país es la distribución del ingreso y la necesidad de garantizar la
igualdad de oportunidades para las personas, no un problema racial o
etnográfico”.

Guzmán
va más allá y se pregunta: “Si hay naciones así definidas de una manera
tan liviana, ¿los alemanes de Valdivia son también una nación?, ¿los
croatas de Magallanes son una nación?… ¿qué los hace una nación? Es una
discusión muy peligrosa y yo creo que al país no le conviene”.

En
este sentido, el académico prefiere pensar que hay distintas
comunidades con particularidades culturales propias, “pero que todas
forman una sola nación, que es la nación chilena”.

Pone
como excepción a Isla de Pascua o Rapa Nui, donde a pesar de que los
últimos estudios demuestran un creciente mestizaje, hay un pueblo
diferente, reconoció.

Como
contrapunto, agregó: “Si un mapuche dice que no es chileno y reniega de
ello, entonces cuando se enferme que no vaya a un Cesfam, si lo tienen
que operar de apendicitis, entonces, sería mejor que vaya con la machi”.

Finalmente,
el académico recordó que este concepto, al igual que la idea de generar
derechos para ciertos grupos de personas, atenta en esencia contra
algunos de los principios más básicos de la democracia surgida de la
Revolución Francesa, como la igualdad y la fraternidad. “Si se dice que
somos todos iguales, pero al mismo tiempo se consagra derechos
especiales a ciertas categorías de personas, entonces ya no somos tan
iguales ante la ley”.

VARGAS

La
constituyente Kawésqar Margarita Vargas declaró en su discurso de
cierre, a través del canal Chileconvención.cl, su satisfacción por lo
logrado, al plasmar el principio de Plurinacionalidad en la nueva
Constitución. “Logramos acercar las voces de las comunidades indígenas
de nuestro país, en que por dos vías de participación, plasmaron sus
demandas en esta convención. Cumplimos, cumplimos con casi todas las
demandas. Esta Constitución reconoce los derechos indígenas básicos de
modo que se supera el colonialismo, la opresión racial y los derechos de
unos por sobre los otros. Este reconocimiento está plasmado en el
principio de Plurinacionalidad”.

CHAÍN

A su vez, el exconvencional Fuad Chahín, expresó en el programa 100 Indecisos de canal Mega que votó
a favor de reconocer la Plurinacionalidad. Sin embargo, Chahín
cuestiona precisamente, la forma en que este concepto quedó finalmente
plasmado en el borrador constitucional.

“El
tema es que esta Plurinacionalidad supera incluso lo que plantea la
Constitución boliviana, país que tiene un 62% de población indígena”,
indicó.

En
el caso chileno, sostuvo, “Esta plurinacionalidad, va acompañada de
autodeterminación, autogobierno, sistemas jurídicos propios y también
con el derecho del uso de los recursos en territorios indígenas que no
están definidos ni en la Constitución, ni en la ley. Por lo tanto, esto
que podría ser una gran oportunida
d de reencuentro en la paz, la justicia y el reconocimiento
mutuo, hoy se va a transformar en motivo de innumerables tensiones, de
nuevos conflictos en un territorio que compartimos. Por lo tanto, mi
problema no es el concepto de la plurinacionalidad, sino que el
desarrollo, la extensión, la profundidad que tiene en este texto
constitucional”.

MORALES

En
tanto, la diputada Javiera Morales expresó al respecto: “La
plurinacionalidad implica saldar una deuda histórica reconociendo, en la
Constitución, a los pueblos originarios. En ningún caso ello implica
dividir el país, sino que reafirmando que el Estado chileno es uno e
indivisible, se reconoce que en él conviven distintos pueblos”.

Sobre este punto, Morales enfatiza: “Este reconocimiento conlleva la obligación
de cumplir con sus derechos ya consagrados en los Tratados
Internacionales, como su derecho a su lengua, identidad, cultura y
representación”.

Más adelante, la diputada se refirió
al acuerdo político alcanzado por los partidos que apoyan la opción
Apruebo, en relación a los cambios que pretenden impulsar al borrador
constitucional, en caso de ganar esta opción.

Según
explicó: “El acuerdo de las coaliciones detrás del Apruebo entregó
certezas en la implementación de la plurinacionalidad, aclarando que se
desarrollará en concordancia con los principios de unidad e
indivisibilidad del Estado de Chile; qu
e la justicia indígena no tiene competencia respecto de delitos penales y que siempre estará subordinada a la Corte Suprema”.

LUKSIC

A
su vez, el abogado y exdiputado Zarko Luksic declaró al respecto: “El
concepto de plurinacionalidad está en primer lugar asociado al modelo de
Estado Regional y Plurinacional. Sería plurinacional porque Chile
estaría confirmado por 12 naciones, 11 son naciones indígenas y la 12
sería la nación chilena. En segundo lugar, estas 11 naciones tendrían
una justicia indígena y además existiría la justicia para los demás
chilenos. En tercer lugar, las naciones indígenas gozan de derechos en
materia de salud, educación, aguas y los propios asociados a sus
tradiciones, costumbres y cosmovisión”.

Agregó
que “en las decisiones administrativas y legislativas que afecten a sus
derechos estas naciones deberán ser consultados y en las decisiones
tomadas por comunas y regiones deberán no sólo ser consultados sino que
también deberán
dar su consentimiento”.

CAMBIOS

Hace dos semanas, los
partidos oficialistas acordaron que en caso de ganar el Apruebo
impulsarán una serie de medidas con el objetivo de “mejorar” el texto
constitucional, según dijeron los firmantes.

Entre
los puntos a modificar figuran varios compromisos destinados a precisar
los alcances que tendrá el concepto de plurinacionalidad y la forma
cómo este se implementará, finalmente.

Según
BBC Mundo, el oficialismo propone que el mecanismo de consulta indígena
se aplique “sólo a las materias que puedan afectar directamente a los
pueblos indígenas” y que el consentimiento previo de las comunidades,
establecido en la propuesta de Constitución, “no es exigible en temas de
carácter nacional o reformas constitucionales”.

Sobre
las autonomías territoriales, el acuerdo contempla que seguirán “los
principios de unidad e indivisibilidad del Estado de Chile y de las
libertades reconocidas y protegidas para todas las personas”, para lo
cual se establecerá “expresamente” que sus atribuciones deben ser
“coherentes con el carácter único e indi
visible del territorio de Chile”.

Finalmente,
en cuanto a los sistemas de justicia indígena, el oficialismo reafirmó
la “igualdad ante la ley como principio rector”

Además, propusieron que “la justicia indígena solo se aplicará a miembros del mismo pueblo, será voluntaria y no tendrá competencia respecto de delitos penales”.

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