Diversas complejidades enfrentarán usuarios de la futura zona franca de Río Gallegos

Numerosas complicaciones deberán enfrentar los usuarios de las futuras zonas francas de las ciudades de Caleta Olivia y Río Gallegos de la Provincia de Santa Cruz, Argentina a la hora de adquirir un vehículo de tipo familiar o de trabajo, a raíz de las trabas legales que ha impuesto el Gobierno transandino, considerando diversos tratados internacionales.
Más allá de aquello resultará también engorroso usar el sistema de franquicia para la adquisición de otros tipos de mercaderías al por menor, dado que el reglamento estipula que cada persona podrá comprar productos u otros elementos hasta por un valor de 300 dólares mensuales.
En las disposiciones del reglamento de la zona franca se estipula en su artículo 11 que cuando los consumidores constituyan un grupo familiar “cónyuges e hijos menores de 16 años no emancipados, la franquicia podrá ser utilizada en forma conjunta”, es decir se adicionan 300 dólares por persona al grupo familiar.
Sin embargo, a renglón seguido en el artículo 12 se especifica que “las personas físicas o grupos familiares con residencia definitiva en la Provincia de Santa Cruz que decidieran compras que superen la franquicia mensual asignada, la podrán efectuar afectando los cupos mensuales subsiguientes, por hasta un máximo seis meses. En estos casos no podrán efectuar nuevas compras hasta el mes en que se extinga el cupo utilizado”.
Vehículos
El ministro de la Producción de la Provincia de Santa Cruz, Harold Bark, informó que en la zona franca de Río Gallegos no se podrán comprar vehículos que se fabriquen en Argentina o en países del Mercosur.
De tal manera, no se venderá ningún tipo de vehículo fabricado en Brasil, Paraguay, Uruguay y Venezuela. Tampoco se consideran ventas de vehículos armados en Chile, Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú por ser países asociados y otros fabricados en México y Nueva Zelanda, naciones que pertenecen al Mercado Común del Sur (Mercosur) como observadoras.
Bark informó que los comerciantes instalados en régimen general en la ciudad de Río Gallegos, sí pueden vender vehículos procedentes de los países citados, beneficiándose aquellas empresas que no quieran ingresar al sistema franco y que desde hace muchos años operan en la vecina ciudad.
Por su parte el reglamento de la zona franca transandina establece en su artículo 13 que las compras de vehículos “podrá efectuarse exclusivamente por titulares del grupo familiar o conviviente que acrediten debidamente residencia definitiva en la Provincia de Santa Cruz, quienes podrán adquirir un vehículo automotor dentro de este régimen cada cinco años.
La salida de la provincia de cada vehículo que tendrá una placa patente distinta a la de otros adquiridos por el régimen general, deberá estar autorizada por Aduanas por un máximo de 90 días.
Se establece también que el valor máximo de compra por unidad no podrá superar los 25 mil dólares para automóviles ni de 40 mil dólares para vehículos pick up o camionetas.

(El detalle de la información en la edición impresa de Diario El Pinguino)

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