Duro revés para la Fiscalía: condenado por muerte de Milton Pérez cumplirá pena en libertad

Tres
días duró el juicio del caso Milton Pérez, el cual se tuvo que repetir
después de que la parte querellante presentará un recurso de nulidad en
la Corte de Apelaciones de Punta Arenas, la cual fue acogida, ordenando
la realización del proceso.

Tras
haber escuchado los alegatos, declaraciones y analizado las pruebas,
los magistrado emitieron veredicto condenatorio contra Leandro Ojeda
Cereceda, como autor en desarrollo de consumado, del delito de
conducción en estado de ebriedad con resultado de muerte, además de
causando daños y lesiones leves.


Ayer
se realizó la lectura de sentencia la cual dice que se le impone la
pena de: “Cinco años de presidio menor en su grado máximo, multa de 10
UTM, accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos
políticos, inhabilitación absoluta a cargos públicos durante el tiempo
de la condena, a la accesoria de inhabilidad perpetua para conducir
vehículos de tracción mecánica, se ordena el comiso del vehículo.

Por
reunir el sentenciado los requisitos en el artículo 15 bis de la Ley
18.216, se sustituye la pena privativa de libertad, a la de libertad
vigilada intensiva, durante todo el término de la pena sustitutiva,
debiendo cumplirla durante el período de control, con el plan de
intervención individual que se apruebe en su oportunidad y con las
condiciones que se especifican en las letras A y B del artículo 17 del
mencionado cuerpo legal. Comuníquese al Centro de Reinserción Social de
Gendarmería de Chile, el decreto de la misma, en un plazo de 48 horas
desde que la presente sentencia se encuentre ejecutoriada, a fin que se
elabore el plan de intervención individual. El sentenciado deberá
presentarse en dicho lugar en el plazo de cinco días”.

Lo
anterior fue explicado y completado por el abogado defensor Ramón
Ibáñez, quien dijo que “atendido a que el manejo en estado de ebriedad
con resultado de muerte contempla reglas y penalidades especiales
establecidas en la Ley de Tránsito,
esta
pena corporal impuesta a una persona, tiene que cumplirse de forma
efectiva (cárcel) al menos por un año, pero ya se cumplió, por lo que
estuvo mi cliente privado de libertad”.

Respecto
de otros detalles de la pena, como se dijo el año de cárcel está
cumplido con los 365 días de los 484 días privados de libertad, el
tiempo restante le servirá de abono para cumplir la libertad vigilada,
es decir 119 días.

En resumen, de los cinco años, uno se descuenta junto con 119 días (cuatro meses).

“Estos
son juicios que no van dejar contentas a ninguna de las partes, esto
fue un trágico y fatal accidente, no hay nada que recupere la vida de
una persona, en ese sentido hay que ser bastante serio y humano, y
espero al menos que la familia de Milton con esta sentencia encuentre
consuelo”, dijo Ramón Ibáñez.

Cabe
recordar que este es un caso ocurrido el 23 de agosto de 2021, cuando
Leandro Ojeda Cereceda perdió el control y maniobrabilidad de su
automóvil al ingresar a la curva existente en el lugar, traspasándose a
la pista de circulación contraria, a la altura del Centro Cultural de
Punta Arenas, chocando con el vehículo de Milton Pérez Villarroel, quien
falleció en el lugar.

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