Las isapres
tienen hoy la libertad de firmar los convenios que aseguren las 80 patologías
establecidas en el Auge en las ciudades y centros médicos que estimen
conveniente, sin embargo teniendo siempre en consideración su obligación de
asegurar el cumplimiento de la garantía de acceso, según establece la ley.
En este sentido,
en el caso de que no existan prestadores de la Red GES o sean insuficientes en
la región del domicilio del beneficiario y ante la designación de un prestador
en una región distinta, la isapre estará obligada a financiar íntegramente los
gastos de traslado del paciente.
Es por eso que la
Superintendencia de Salud reiteró el llamado a la población a interponer un
reclamo, si es que la isapre se niega a pagar el traslado del paciente por una
patología GES, hasta el lugar del prestador designado.
“Como
Superintendencia de Salud estamos preocupados de la protección y el
cumplimiento de los derechos de cada uno de los afiliados a Fonasa e Isapres,
por lo que hacemos un llamado a las
personas de nuestra región a informarse sobre las garantías que el plan
AUGE-GES les entrega y a reclamar en nuestra agencia regional, ubicada en
Avenida Colon N°825, Punta Arenas, o a través del sitio web
www.supersalud.gob.cl, cuando sus derechos en materia de acceso y traslados
sean vulnerados”, comentó la agente regional (s) de la Superintendencia,
Daniela Mora.