Jóvenes aprendieron que es posible cambiar la figura paterna en su certificado de nacimiento

Una
participativa charla en torno a la figura legal de “repudiación de
paternidad” realizó la abogada ejecutora del Convenio Corporación de
Asistencia Judicial (CAJ)-Municipalidad de Porvenir, Loreto Aguayo
Retamales. En esta oportunidad, los terceros y cuartos medios del Liceo
Bicentenario “Hernando de Magallanes” fueron los llamados a
interiorizarse de aquella particular materia consagrada en el Artículo
191 del Código Civil.

La
actividad se enmarcó dentro del convenio que la CAJ Magallanes mantiene
con la Municipalidad de Porvenir, uno de los de más larga data de
mantención en la región, y la charla se organizó en conjunto con la
Oficina Local de la Niñez (OLN). Este esfuerzo respondió en materia de
resolver dudas e inquietudes ante una situación de gran relevancia entre
las necesidades usuarias, que es eliminar del certificado de nacimiento
a quien figura como progenitor (a) que reconoció a su hija o hijo,
dejando legalmente de figurar como “padre”; y por este solo acto asignar
de manera registral a otra persona a quien el o la joven sí reconozca
dicha calidad o que se comporte en la práctica como tal.

La
charla se enfocó en los niveles superiores del estudiantado, toda vez
que la aludida figura queda legalmente habilitada para ser ejercida a
los 18 años, no antes; y a los 19 años se pierden las atribuciones
nuevamente para ejercerla. De ahí la importancia de informar en este
segmento etario para no perder la posibilidad de ejercer la figura en
tantos casos en que la figura paterna ha sido ejercida por un tercero, a
quien se le quiere dar ese reconocimiento legal.

Alejandro
Donatti Otárola, director regional de la CAJ, señaló que les parece
relevante el tema de la “repudiación de paternidad”, toda vez que es un
tema que influye en la vida de las personas jóvenes: “jóvenes que, ad
portas de ser adultos, han visto toda su vida como un reconocimiento de
paternidad o de maternidad incluso de personas que, en la práctica, no
se hicieron cargo de ellos”. De ahí la importancia de instruir a
aquellos jóvenes vinculados a un padre o una madre que no se ha hecho c
argo
de ellos, para que “efectivamente conozcan de esta acción tan
importante como es la repudiación a objeto de, si lo estiman pertinente,
poder repudiar y, dentro de ese plazo tan breve que da la ley (de los
18 a los 19 años), realizar este acto y poder tener la posibilidad de
tener un padre o una madre que se ha hecho cargo de ellos realmente con
cariño y con amor”.

Por
otro lado, destacó el poder implementar la oferta publica institucional
en las comunas sin presencia territorial permanente de la CAJ, la cual
es altamente valorada por la institución, al ser las comunas y sus
administraciones la forma más reconocida por la ciudadanía para su
representación político-administrativa y, como tal, la CAJ valora las
colaboraciones que puede desarrollar con los municipios para recoger las
demandas usuarias a través de sus administraciones.

“Estar
presentes en las comunas rurales es un valor agregado, no sólo desde el
acceso a la justicia que la CAJ mantiene como misión, sino también
desde la equidad territorial con respecto de los espacios urbanos en la
que debemos avanzar”, afirmó, por lo que esperan poder replicar esta
acción en otros establecimien
tos educacionales de la Región de Magallanes.

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