La justicia dictaminó que la Corporación
Municipal de Punta Arenas debe permitir el ingreso al Liceo Luis Alberto
Barrera de una profesora (Ruth Oliarte Ojeda) a quien se le negó este derecho y así pueda retomar
sus funciones académicas.
En conversación con Pingüino
Radio, el abogado de la docente, Javier Lagos Troncoso, explicó que la
profesional aparecía en el listado que publicó la Cormupa en su página web, “donde
se le reconoce la titularidad docente, pero no obstante estar en esta
resolución, este año no se le permitió ingresar a trabajar”.
Como tampoco le dieron una
explicación, “ante la injustificada e ilegal actitud recurrimos con una tutela
laboral y le solicitamos al tribunal que se decretara como medida cautelar que
se le permitiera ingresar a la profesora al establecimiento por las 43 horas semanales
que está contratada”.
En la presentación al Juzgado
del Trabajo la profesora recuerda que por resolución interna de fecha 18 de
febrero de 2015, la Corporación Municipal la nombró en calidad de titular en la
dotación docente. “Al efecto, fuimos citados todos los nombrados en dicha
resolución para firmar el respectivo contrato de trabajo, y habiendo ya firmado
el mío, se acerca Cristina Susi Garrido (secretaria general de la Cormupa), y
me señala que mi situación es especial, me quita el contrato firmado y me
señala que luego hablaremos al respecto. Hasta el día de hoy no tengo una
respuesta. Esto ocurrió ante varios colegas que se dieron cuenta del mal rato
que me hicieron pasar, la deshonra de que fui objeto y la vergüenza que pasé en
ese momento”.
“Sin embargo, seguí prestando servicios para la demandada, en el
convencimiento que cumplía y cumplo con todos los requisitos exigidos por la
Ley 19.648, cuya vigencia fue renovada por la Ley 20.804, y considerando además
que existe una resolución emanada de la propia demandada, a que he hecho
referencia más arriba en esta demanda, mediante, mediante la cual se me nombra
en calidad de titular”.
Recuerda la profesora que en
marzo de 2015, mediante el llenado de una ficha de reclamación solicitó que se
le reconociese la titularidad contratadas al 31 de julio de 2014, como la norma
legal lo señala.
“Sin embargo, y al estar ejerciendo las horas que me correspondían no
insistí con el tema ante mi empleador. Pero resulta que este año, al
presentarme a ejercer mis funciones, se me informa que no ingrese a trabajar
aún, que se está revisando mi situación, sin otorgárseme ningún tipo de
explicación oficial y concreta respecto de por qué se me impide ingresar al
establecimiento educacional a ejercer las funciones para las cuales me
encuentro contratada”.
La docente lamenta en la
presentación judicial que “mi honra se ha se ha visto fuertemente afectada, toda
vez que se ha generado en la comunidad escolar la sensación de que carezco de
las competencias o que me afecta alguna inhabilidad, o que he cometido algo
ilícito y por ello se me impidió firmar el contrato en marzo de 2015 y por esa
misma razón este año no se me está permitiendo ingresar a trabajar”.
Demanda por daño moral
Junto a la acción judicial
mencionada, la profesora interpuso una “demanda de indemnización de perjuicios por el daño
moral que se me ha producido como consecuencia de los hechos relatados en esta
demanda”, por un monto de $ 10.000.000.
Además menciona que mediante
carta fechada el 24 de febrero de 2015, escrita al director del liceo Luis
Alberto Barrera por la directiva de padres y apoderados y directiva de curso,
le solicitan que continúe como profesora jefe de curso el 2016, “lo
que demuestra el apoyo de padres y alumnos para que pueda retomar mis funciones
normales”.