La
justicia ordenó a la Municipalidad de Punta Arenas la retención de
pagos por más de 20 millones de pesos, a la empresa Servitrans, luego
que perdiera dos juicios laborales, por sendos despidos injustificados.
Los
dictámenes fueron dictados por la jueza Claudia Ortiz, titular del
Juzgado de Letras del Trabajo de Punta Arenas, en favor de José Luis
Hernández y Gabriel Valásquez.
Injustificado
En
el caso de José Luis Hernández, el monto a retener asciende a 11
millones y medio de pesos. Estos incluyen el pago a título de
indemnización sustitutiva del aviso previo; $5.725.175, que se suman a
una indemnización por años de servicio y $4.580.940. por incremento
del 80% sobre la indemnización señalada precedentemente, conforme al
artículo 168 a) del Código del Trabajo.
En
este caso, el tribunal estableció que la empresa cometió errores en el
procedimiento de aplicación de la causal de despido 160 N° 7 que,
finalmente, lo anularon y convirtieron en indebido.
En
este caso, el fallo fue apelado por la empresa ante la Corte de
Apelaciones de Punta Arenas, la cual finalmente confirmó el fallo.
Velásquez
En
el segundo caso correspondiente a Gabriel Velásquez, el pago asciende a
8 millones 246 mil pesos. Estos se deducen de la siguiente forma:
$3.807.024 por concepto de indemnización por seis años de servicios y
$3.045.619 por concepto de incremento en un 80% de la indemnización
antedicha conforme al artículo 168 del Código del Trabajo.
A
todo ello se sumaron $634.504.- (seiscientos treinta y cuatro mil
quinientos cuatro pesos) por concepto de indemnización por falta de
aviso previo.
En
este caso, el tribunal estableció que el trabajador fue despedido por
la causal de término de contrato de trabajo prevista en el artículo 160
Nº 7 del Código del Trabajo. En ella, se culpaba al trabajador por falta
de diligencia en la operación de las maquinarias de la empresa, pero el
tribunal estableció que “en atención a lo expuesto resulta evidente que
el demandado no acreditó los hechos en que se funda la causal despido,
razón suficiente para calificar el despido como indebido”.