Juzgado laboral condena a Cormupa a pagar más de $ 60 millones a funcionaria despedida

Indemnización de aviso previo, años de servicio, remuneraciones adeudadas y feriados impagos son algunos de los ítemes que la Juzgado de Letras Laboral de Punta Arenas consideró en la condena en contra de la Corporación Municipal de Punta Arenas (Cormupa), en el marco de la demanda interpuesta por la ex administradora de la piscina fiscal, Katherine Barrientos.
La ex funcionaria ejerció el auto despido luego de que, en septiembre pasado, fue notificada de que sería trasladada de sus funciones en el recinto deportivo a las oficinas de la Cormupa, luego de que el Instituto Nacional de Deportes (IND) no renovara el convenio que permitía que la corporación administrara el recinto.
Ya en octubre, la Inspección del Trabajo ordenó a la Cormupa restituir a la funcionaria en las labores al interior de la piscina fiscal, pese a que ésta había dejado de estar bajo la administración de la corporación para pasar a manos del Instituto Nacional de Deportes (IND).
En su fallo, la corte consideró “ajustado a derecho el autodespido que la actora realizó el 10 de noviembre de 2014” y condenó a la Cormupa al pago de cinco conceptos: más de dos millones de pesos por indemnización sustitutiva del aviso previo, más de
$ 26 millones por indemnización por años de servicio, otros $13 millones por incremento sobre la indemnización, $ 20 millones de remuneraciones adeudadas -correspondientes a la comisión por ventas pactada en el contrato de trabajo- y $ 860 mil por feriados impagos. Todo, por un total de poco más de $ 63 millones, a los que se le sumarían reajustes e intereses.
No obstante, el tribunal también rechazó el pago de indemnizaciones por los conceptos de despido intempestivo, lucro cesante y daño moral.
La corte también acreditó que Barrientos  se encontraba embarazada, y, por lo tanto, amparada por el fuero maternal. No obstante, manifestó que “sólo es procedente la indemnización del fuero para el caso en que haya sido el empleador el que ha despedido al trabajador aforado”, por lo que no se aplicaría en este caso.
La corte decidió no condenar en costas a la Cormupa, pese a que resultó totalmente vencida, por estimarse que litigó con fundamento plausible.

Contenido relacionado

Envíanos tu denuncia o información AVISOS ECONÓMICOS