Algo absolutamente necesario para las fiestas, que a veces puede parecer un tema bastante cotidiano, es tener en conocimiento los horarios del comercio establecido.
Nadie se salva de tener que hacer compras de último minuto y por idiosincrasia, es parte de las características del chileno enfrentarse a esta problemática en época de festividades.
Como ya se publicó en su momento, el 31 de diciembre el comercio establecido deberá cerrar sus puertas a más tardar a las 20.00 horas, para poder volver a atender a las personas desde las 6.00 horas del día 2 de enero.
Los horarios de los centros comerciales de Punta Arenas para el 31 de diciembre son los siguientes: Zona Franca abrirá de 8.00 horas hasta las 20.00 horas, teniendo diferentes horarios los locales que integran el módulo central y los distintos comercios como Abu Gosh y Sánchez & Sánchez. De esta misma manera Supermercados Unimarc atenderá público de las 9.00 horas hasta las 18.30 horas, mientras que Hipermercados Lider tendrá un horario de atención de 8.30 horas a 18.00 horas. Por último el Mall Pionero funcionará desde las 10.00 horas hasta las 19.30 horas.
Si bien, como lo mencionó el seremi de Trabajo, Carlos Abarzúa, en Magallanes se cumple de manera ejemplar esta normativa, pero igualmente cabe destacar que existen varios puntos fiscalizables dentro de ellos se encuentran:
– Exceder la jornada ordinaria de trabajo de 45 horas semanales (multas de 10-40-60 UTM).
– Exceder el máximo de dos horas extras por día (multas de 10-40-60 UTM).
– Extender la jornada ordinaria en más de dos horas diarias (multas de 5-10-20 UTM).
– Extender la jornada ordinaria en un tiempo mayor a los 9 días dentro del período de 15 días antes del 25 de diciembre (multas de 5-10-20 UTM).
– Extender la jornada ordinaria más allá de las 23 horas (multas de 5-10-20 UTM).
– Extender la jornada ordinaria más allá de las 20 horas el 24 y el 31 de diciembre (multas de 5-10-20 UTM).
– Cierre obligado el 25 de diciembre y 1 de enero (multas de 5-10-20 UTM).
– No otorgar descanso el 25 de diciembre y 1 de enero (multas de 5-10-20 UTM).
Junto con esto, la Dirección del Trabajo sostiene que “Todas las infracciones arriba descritas son gravísimas y las multas, de menor a mayor monto, fluctúan dependiendo del número de trabajadores de la empresa: 1 a 49 trabajadores, 50 a 199 y 200 y más trabajadores”.