Municipalidad de Punta Arenas deberá pagar $93 millones a extrabajadores OPD

En
2018, cuando el alcalde Claudio Radonich tomó la decisión de cerrar la
Oficina de Protección de Derechos de Infancia y Adolescencia (OPD),
programa que fue ejecutado por la Municipalidad de Punta Arenas durante
16 años y cuyas dependencias estaban emplazadas en calle Junta de
Gobierno, población 18 de Septiembre.

Por
el mismo periodo de tiempo prestaron servicios a honorarios siete
trabajadores, quienes en su momento acusaron que esta determinación no
les había sido informada a ellos. Debido a aquello, solicitaron tener
reuniones tanto con el jefe comunal como con los otros miembros del
Concejo Municipal, con el fin de poder explicar su situación laboral,
puesto que tras el cierre de la OPD Comunal, a ellos no les habrían
pagado indemnizaciones por años de servicio y otras prestaciones
legales, por lo que criticaron que “simplemente cerraron la oficina y
nos mandaron para la casa”.

Luego
de agotar todas las instancias respectivas para poder solucionar esta
problemática, finalmente interpusieron una demanda ante el Juzgado de
Letras del Trabajo de Punta Arenas, la cual declara la existencia de una
relación laboral durante 16 años bajo el subterfugio de que les estaban
pagando a honorarios. Tras una larga batalla judicial, el caso llegó en
noviembre de 2019 hasta el Tribunal Constitucional para presentar un
requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto a
cuatro artículos del Código del Trabajo, resultado que fue desfavorable
para el ente comunal al conocer la sentencia el pasado 25 de junio.

El
fallo resolvió que “se pide a un juez que intervenga en la disputa
entre personas contratadas a honorarios y el Fisco, entendiendo que
entre ambas hubo un vínculo laboral y que, por consiguiente, acorde con
los artículos cuestionados del Código del Trabajo, podría conocer de la
cuestión suscitada entre el trabajador y su empleadora por “aplicación”
de dichas normas laborales”.

Pago o embargo

Pese
a que tras lo anterior, nuevamente volvieron a apelar, recurriendo esta
vez ante la Corte Suprema, el abogado Abarzúa explicó que en ese
periodo se ejecutó el fallo del Juzgado del Trabajo, pasando la causa al
Tribunal de Cobranza Laboral, el cual requirió el pasado miércoles el
pago de $93.466.370. En caso contrario, que el municipio no atienda
dicha orden, se embargarán los bienes suficientes para responder a la
presente ejecución.

“La
municipalidad tiene que pagar cuando se le pida el dinero, y lo único
que pueden hacer ahora es decir si es que la liquidación está ajustada o
no. Ya no hay nada qué hacer, no hay otra instancia para que ellos
aplacen esto”, recalcó.

En
este caso, el pago será recibido por seis de los siete trabajadores,
debido a que el ex administrativo contable de la OPD Comunal, Juan
Sierpe Mansilla, falleció esperando la ejecución de la sentencia. Sin
embargo, el dinero podrá ser recibido por su familia. “El alcalde
prometió que el municipio ya no estaría más en las páginas judiciales
del diario y no ha cumplido. Cuando las autoridades políticas se ciegan a
hacer su capricho respecto de decisiones que afectan principalmente a
trabajadores que están en la más absoluta precariedad, a honorarios,
aquellos que ahora no reciben su 10% de las AFP porque su empleador
nunca les cotizó, la función pública que desempeñan no puede quedar al
arbitrio de las autoridades políticas”, puntualizó Abarzúa.

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