Rechazaron recurso en favor de funcionario municipal destituido

La  Corte de Apelaciones de Punta Arenas rechazó este jueves  el recurso de protección interpuesto por el funcionario que fue destituido por el municipio local en noviembre del 2023, tras un  sumario administrativo abierto en su contra.

En fallo unánime, la primera sala del tribunal de alzada, integrada por los ministros María Isabel San Martín, Marcos Kusanovic Antinopai y Juan Villa Martínez, desestimaron la acción. Esto, tras establecer que la Municipalidad de Punta Arenas actuó dentro de sus facultades y atribuciones y que el recurrente contó con las instancias para presentar sus descargos en el proceso que culminó con su destitución.

“Que, el acto estimado ilegal y arbitrario alegado por el recurrente consiste en sanción de destitución dictada en el sumario administrativo instruido en virtud del Decreto Alcaldicio N°2161, de 30 de noviembre de 2023, y finalizado por el Decreto Alcaldicio N°3494, de 14 de diciembre de 2023, que rechaza el recurso de reposición que interpuso, y mantuvo dicha sanción”, según el fallo.

La resolución agrega: “Que, como lo ha señalado esta Corte con anterioridad, esta acción constitucional no es la vía para solicitar la revisión de medidas disciplinarias adoptadas en investigaciones sumarias, pues se trata de una acción cautelar de protección de garantías constitucionales y no de revisión administrativa”.

Para el tribunal de alzada: “(…) en consecuencia, atendido que la finalidad fundamental perseguida por el recurrente con su acción es impugnar la medida disciplinaria adoptada en la investigación sumaria instruida en su contra, que culminó con su destitución, la acción de autos no es idónea para ello, por cuanto ésta no ha sido creada para solucionar conflictos que se encuentren sometidos a normas y procesos previamente establecidos, sin perjuicio que del examen de los hechos expuestos y de las resoluciones sumariales, se advierte que durante la tramitación del proceso sancionatorio se le ofreció al recurrente las instancias para efectuar sus alegaciones, y presentar su prueba, las que en ningún caso pueden renovarse por la vía de la acción constitucional de protección, por no constituir esta la vía adecuada al efecto”.

Se agrega que por las consideraciones, “y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, y por el auto acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo de esta clase de recursos, de veinticuatro de junio de mil novecientos noventa y dos y sus modificaciones, se rechaza el recurso de protección interpuesto en favor de Manuel Evaristo Huinao Muñoz, en contra de la Ilustre Municipalidad de Punta Arenas, todos ya individualizados”, se concluye.

El caso
Los hechos que motivaron el sumario en el municipio ocurrieron en septiembre pasado,  luego de la filtración y viralización de un audio en el que se escucha a Huinao presionando para interceder en la decisión del jurado del Festival Folclórico de la Patagonia, apuntando a favorecer a una de las canciones en competencia.

En su recurso, el exfuncionario denunció un actuar “ilegal y arbitrario” respecto de la medida que se le aplicó como resultado del sumario administrativo instruido en su contra.

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