El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) anunció el inicio de monitoreos a empresas, especialmente las aseguradoras y entidades financieras, con el fin de ver si están cumpliendo los derechos establecidos en la denominada “Ley de Derecho al Olvido Oncológico”.
La norma, que entró en vigencia en febrero y que modificó la Ley N° 21.258, busca proteger a quienes padecieron cáncer y hayan finalizado su tratamiento sin recaída posterior, esto para impedir que sean discriminados por las empresas al momento de contratar servicios como seguros de salud o productos financieros.
Así, una vez haya pasado cinco años del alta, las empresas tienen prohibido solicitar información oncológica u obligar a declarar a la persona si padeció una patología a la fecha de suscripción del contrato. Asimismo, la normativa establece que serán nulas las cláusulas donde las empresas disponen de limitaciones dirigidas a quienes padecieron cáncer según los requisitos señalados en la misma ley.
Dicha medida implica que las empresas aseguradoras o las entidades financieras no pueden tomar en cuenta o solicitar el historial clínico de las personas, permitiendo a quienes padecieron esta enfermedad acceder a los servicios bajo las mismas condiciones respecto de quienes no la han tenido.
Ante cualquier incumplimiento a estas obligaciones, la gente puede realizar una denuncias ante la justicia con el propósito de sancionar a las empresas infractoras. La acción se puede realizar ante Sernac a través de www.sernac o llamando al número 800 700 100.