AFP: el jueves se podrá comenzar a solicitar segundo retiro del 10%

En
la jornada del sábado, el Gobierno anunció que a partir del jueves 10
de diciembre se iniciará el proceso de solicitud del segundo retiro del
10% de los fondos de las AFP. Además, se detalló que se espera que los
primeros pagos se comiencen a concretar desde el jueves 17 del mismo
mes.

“Con
este plazo, los primeros pagos estarán antes de Navidad, esperamos que
estén el 17 de diciembre”, explicó el subsecretario de Previsión Social,
Pedro Pizarro.


¿Cómo se hace la solicitud?

La
Asociación de AFP, por su parte, también entregó detalles acerca de
cómo será el proceso para solicitar el dinero del 10%, teniendo como
principal novedad que esta vez, a diferencia del primer retiro, se
deberá ingresar dos veces el número de serie de la cédula de identidad.

De esta manera, los datos necesarios para efectuar la solicitud en el sitio web www.mi10afp.cl son los siguientes:

– RUT

– Número de serie del carnet (ingresar dos veces)

– Correo electrónico

– Número de teléfono

– Cuenta bancaria


En
el caso de las personas que tengan su cédula de identidad vencida o
bloqueada más allá del plazo determinado por el Registro Civil, deberán
solicitar el retiro en el sitio web de su AFP con su clave de acceso
simple o con su clave de seguridad.


¿Quiénes pueden pedir el retiro?


Este segundo retiro del 10% de los fondos de las AFP lo podrán
solicitar todos los afiliados que cumplan una de las siguientes
condiciones:

– Tener saldo en su cuenta de capitalización individual y que estén en Chile o en el extranjero.

– Ser pensionado que reciba una Renta Temporal o Retiro Programado, por vejez, vejez anticipada, invalidez o sobrevivencia.

– Pensionados mediante Renta Vitalicia, solo podrán acceder a los fondos en caso que tengan saldo en sus cuentas obligatorias.


Plazos para la solicitud

Quienes soliciten este segundo retiro del 10% lo podrán hacer desde el jueves 10 de diciembre y por el plazo de un año.

Las
AFP tienen 4 días para confirmar la aprobación de la solicitud. Si esta
es rechazada (principalmente por algún error de digitación), se podrá
realizar una nueva solicitud.

 

¿Cómo serán los pagos?

El
pago del dinero, una vez aprobada la solicitud, se efectuará en dos
cuotas; la primera en un plazo máximo de 10 días hábiles y la segunda
también en máximo 10 días hábiles una vez concretado el primer pago.

Si
alguien solicita un monto menor de 35 UF, el pago se realizará en una
sola cuota, también en un plazo máximo de 10 días hábiles.


Los montos

El monto mínimo para retirar es de 35 UF (alrededor de 1 millón de pesos) y el máximo es de 150 UF (aproximadamente 4,3 millones).

Las personas que en su cuenta individual tengan un saldo menor a las 35 UF, podrán solicitar el retiro total de sus ahorros.


Pago de impuestos y pensión de alimentos

Deberán
pagar impuestos las personas que soliciten el retiro del 10% y tengan
una renta mensual superior a los 1,5 millones de pesos. Este gravamen se
aplicará en abril del próximo año si se hace la solicitud durante este
mes, pero si el retiro se efectúa desde 2021, el pago de impuestos se
hará en la operación renta de 2022.

Sobre
la retención del pago de pensiones alimenticias, se aclaró que “para
que las AFP retengan el retiro de fondos, no basta con la solicitud del
demandante por pensión de alimentos”.

Para
ello, la administradoras deben recibir de parte del Poder Judicial una
liquidación de deuda por pensión de alimentos y su respectiva sentencia
para retener el monto del retiro y debiendo pagar a quien señale el
Tribunal.

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