Cámara aprobó en último trámite proyecto sobre derechos de trabajadoras de casa particular

Por 106 votos a favor y 1 en contra, la Cámara de Diputados aprobó las
modificaciones del Senado al proyecto que modifica la jornada, descanso y
composición de la remuneración de los trabajadores en casa particular, y
prohíbe el uso de uniformes a trabajadoras de casa particular.

La propuesta legal,
iniciada en dos mociones y un mensaje, fue aprobada por la Cámara en
septiembre de 2012 y enviada al Senado a segundo trámite constitucional,
donde se realizaron variados cambios formales y de fondo.

El texto dispone que “el contrato de los trabajadores de casa particular
deberá indicar el tipo de labor a realizar y el domicilio específico
donde deberán prestarse los servicios, así como también, en su caso, la
obligación de asistencia a personas que requieran atención o cuidados
especiales”.

El empleador deberá entregar una copia del contrato de trabajo
debidamente firmado al trabajador. Asimismo, deberá registrarlo dentro
de los quince días siguientes a su celebración en la sede o en el sitio
electrónico de la respectiva Inspección del Trabajo, con indicación de
las mismas estipulaciones pactadas, a fin de facilitar la fiscalización
de la existencia de la relación laboral y de las condiciones de empleo.
La Inspección del Trabajo mantendrá la reserva de la identidad de las
partes y del domicilio en que se prestan los servicios y sólo podrá
utilizar la información disponible para la finalidad de fiscalización o
para proporcionarla a los tribunales de justicia, previo requerimiento.

La norma también determina que el empleador que sea requerido en el
domicilio indicado por un inspector del trabajo en ejercicio de sus
facultades de fiscalización, relativas a las condiciones laborales de
los trabajadores de casa particular, podrá aceptar su ingreso a este
domicilio, o bien solicitar la fijación de otro día y hora para acudir a
las dependencias de la Inspección del Trabajo con la documentación que
le sea requerida.

Jornada laboral
El proyecto dispone que la jornada de los trabajadores de casa
particular que no vivan en la casa del empleador no podrá exceder de
cuarenta y cinco horas semanales, distribuidas hasta en un máximo de
seis días, sin contar el horario de colación. Las partes podrán acordar
por escrito hasta un máximo de quince horas semanales adicionales de
trabajo, no acumulables a otras semanas, las que serán pagadas con un
recargo no inferior al 50%.

En caso de que el acuerdo no conste por escrito, se imputarán al máximo
de quince horas semanales extraordinarias, las horas trabajadas en
exceso de la jornada pactada, con conocimiento del empleador. El período
que medie entre el inicio y el término de las labores en ningún caso
podrá exceder de doce horas continuas, considerando tanto la jornada
como el descanso dentro de ella.

Las trabajadoras de casa particular tendrán derecho a descanso semanal
los días domingo. Además tendrán derecho a descanso los días sábado, los
cuales, de común acuerdo, podrán acumularse, fraccionarse o
intercambiarse por otros días de la semana. En caso de acumularse,
dichos días deberán ser otorgados por el empleador dentro del respectivo
mes calendario. Estos descansos no podrán ser compensados en dinero
mientras la relación laboral se encuentre vigente.

Asimismo, la norma dispone que “ningún empleador podrá condicionar la
contratación de trabajadores de casa particular, su permanencia o
renovación de contrato, o la promoción o movilidad en su empleo, al uso
de uniformes, delantales o cualquier otro distintivo o vestimenta
identificadores en espacios, lugares o establecimientos públicos como
parques, plazas, playas, restaurantes, hoteles, locales comerciales,
clubes sociales y otros de similar naturaleza.”.

Contenido relacionado

Envíanos tu denuncia o información AVISOS ECONÓMICOS