La Corte Suprema confirmó la sentencia que condenó a dos carabineros en retiro por su responsabilidad en el delito de secuestro simple de Eduardo Cancino Alcaíno, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria y cuyo cadáver fue hallado nueve días después, hecho ocurrido en 1974 en Rancagua.
El máximo tribunal rechazó los recursos de casación en el fondo
deducidos en contra de la sentencia, por lo que esta se confirmó.
En fallo unánime, la Segunda Sala de la Corte Suprema —integrada por
los ministros Carlos Künsemüller, Haroldo Brito, Manuel Antonio
Valderrama, Juan Manuel Muñoz Pardo y la abogada (i) Leonor Etcheberry— confirmó la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago.
De esta manera, se reafirmó la condena de tres años de presidio en
contra de Nelson Pérez Sánchez y Óscar Ibáñez Zapata, quienes podrán
cumplirla con el beneficio de libertad vigilada.
En la etapa de investigación de la causa, el ministro Mario Carroza
estableció varios hechos, dentro de los cuales se acredita la
participación de ambos en el secuestro de Cancino.
Según dichos antecedentes, el fallo señala “que el día 21 de agosto
del año 1974, Eduardo Guillermo Cancino Alcaíno, militante del
Movimiento de Izquierda Revolucionaria, en los momentos en que se
encontraba en el domicilio de sus padres (…) de la ciudad de Rancagua y
en presencia de su pareja, que estaba embarazada, es detenido por agentes, que en esa oportunidad se identificaron como integrantes del Servicio de Inteligencia Regional (SIRE), sin orden judicial ni administrativa”.
“En esa oportunidad, la víctima es llevada a una habitación contigua
donde posteriormente se escucharon quejidos de agresiones, luego le
sacan del inmueble esposado y sin indicarle a sus familiares, el motivo
de la detención ni el lugar donde sería trasladado, se lo llevan a un
lugar desconocido”, sostiene.
El fallo señala “que no obstante el sigilo e ilicitud de la
detención, al día siguiente es visto por su pareja en las cercanías de
su domicilio junto a un agente, momento en que la víctima le manifiesta que se quedase tranquila, pero no se le permite abrazarlo ni despedirse de él”.
Posterior a estos hechos, la familia de Cancino comienza una búsqueda
en diversos lugares de Rancagua, sin lograr encontrarlo. La
investigación logró determinar que “los mismos agentes del SIRE le
habían trasladado al Regimiento Tacna de la ciudad de Santiago”.
Nueve días después, el 30 de agosto, “se le informa la familia de la víctima del hallazgo de su cadáver en la Cuesta el Melón,
el que trasladan al Instituto Médico Legal de Quillota y luego al de
Santiago, donde a consecuencia del estado en que se encontraron sus
restos, no fue posible determinar la causa de su muerte”.
En el aspecto civil, además se confirmó la sentencia que condenó al fisco a pagar una indemnización de $ 50.000.000 a la cónyuge de la víctima.
BIOBÍO CHILE