Cabe recordar que la acción legal fue presentada por injurias graves
por parte la organización pro diversidad sexual.
La determinación fue tomada por la undécima sala del tribunal de
alzada, de tal forma que dejó sin efecto la resolución del juez Ponciano Sallés,
del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, que había aplicado el
sobreseimiento definitivo de la causa el
pasado 29 de septiembre.
El magistrado había acogido las disculpas del pastor respecto a que él
nunca atacó a la persona de Rolando Jiménez, sino que a las iniciativas legales
que impulsaban, como el matrimonio igualitario y la adopción de niños por
parejas homosexuales.
En la querella Jiménez denuncia que hay evidencias grabadas donde Soto
lo agrede, lo insulta y lo trata de “pedófilo”.
El fallo unánime de la undécima sala señala que “es al ofendido a
quien corresponde calificar como satisfactorias las excusas dadas por el
querellado en la audiencia respectiva, lo que no ocurrió en la especie”.