Suprema suma nueva pena a ex agente de la DINA, Miguel Krassnoff, por secuestro calificado

La Corte Suprema confirmó una sentencia de 10 años de cárcel para el exagente de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), Miguel Krassnoff, por el secuestro del militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), Héctor Zúñiga Tapia, en septiembre de 1974.

Además, la Segunda Sala del Máximo Tribunal otorgó 10 años de presidio por este mismo caso a los exagentes de la DINA César Manríquez Bravo, Pedro Espinoza Bravo.

Mientras, el mismo tribunal determinó que Alejandro Astudillo Adonis,
Demóstenes Cárdenas Saavedra, Manuel Avendaño González, Nelson Paz
Bustamante y José Aravena Ruiz deberán purgar una pena de 5 años y un día de presidio por su responsabilidad como autores en el delito antes señalado.

De acuerdo con la indagatoria del ministro en visita Hernán Crisosto Greisse, el mirista fue detenido en la vía pública por los agentes y conducido al centro de detención clandestino denominado “Cuatro Álamos”,
ubicado en calle Canadá N° 3000 de Santiago, donde se le vio por última
vez con vida, sin que hasta ahora se conozca su paradero.

El nombre de Héctor Cayetano Zúñiga Tapia apareció en un listado de 119 personas, publicado en la prensa nacional luego que figurara en una lista publicada en la revista “O’DIA” de Brasil,
de fecha 25 de junio de 1975, en la que se daba cuenta que había muerto
en Argentina, junto a otras 58 personas pertenecientes al MIR a causa
de rencillas internas suscitadas entre esos miembros.

Esto último como parte de la Operación Colombo con la que la dictadura militar intentó engañar a la opinión pública e internacional difundiendo información falsa.

En el aspecto civil se condenó al Fisco a pagar una indemnización de $400.000.000 (cuatrocientos millones de pesos) a los familiares de esta víctima.

En
paralelo, la misma Sala condenó a César Manríquez Bravo, Pedro Espinoza
Bravo, Gerardo Urrich González, Manuel Carevic Cubillos y Raúl
Iturriaga Neumann a 10 años y un día de presidio por su responsabilidad
como autores del secuestro del militante del Partido Socialista, Bernardo de Castro López, detenido a partir del 14 de septiembre de 1974, quien también figuraba en el listado de los 119 de la Operación Colombo.

Por este caso el tribunal condenó también a Pedro René Alfaro
Fernández, Armando Segundo Cofré Correa, Héctor Alfredo Flores Vergara,
Enrique Tránsito Gutiérrez Rubilar, Hugo del Tránsito Hernández Valle,
Manuel Rivas Díaz, Juan Evaristo Duarte Gallegos, Manuel Heriberto
Avendaño González, Alfredo Orlando Moya Tejeda, Alejandro Francisco
Astudillo Adonis, Demóstenes Eugenio Cárdenas Saavedra, Hernán Patricio
Valenzuela Salas y a Alejandro Francisco Molina Cisternas a 5 años y un
día presidio por su responsabilidad como autores del delito de
secuestro.

La indagatoria estableció que en horas de la tarde del 14 de septiembre de 1974
el militante fue detenido en su domicilio de la comuna de Providencia,
siendo llevado a un cuartel de la PDI y luego entregado a agentes
pertenecientes a la DINA.

Los agentes lo llevaron al recinto de detención clandestino denominado “Venda Sexy”, ubicado en calle Irán N° 3037 de Santiago y posteriormente fue traslado a hasta el centro Cuatro Álamos, donde fue visto por última vez en octubre de ese mismo año.

FUENTE: BIOBIO CHILE

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